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¡Preste atención! Estos son los horarios de restricción y porcentajes de aforo que rigen a partir de este lunes

Desde este lunes 4 de enero y, al menos, hasta el próximo domingo 17 de enero, las autoridades pondrán en…

Por Marco Marín

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¡Preste atención! Estos son los horarios de restricción y porcentajes de aforo que rigen a partir de este lunes
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Desde este lunes 4 de enero y, al menos, hasta el próximo domingo 17 de enero, las autoridades pondrán en efecto diferentes horarios de restricción. También varían los porcentajes de aforo permitidos en locales como bares y casinos.

En lo que respecta a la restricción vehicular, no se podrá circular después de las 10:00 p. m. y hasta las 5:00 a. m., a menos de que cuenten con una carta de autorización o tengan que desplazarse por alguna de las excepciones permitidas.

Durante los fines de semana, se regresa a la modalidad de placas pares e impares y la restricción total comenzará a regir a partir de las 9:00 p. m. y hasta las5 a.m. del día siguiente.

  • Sábados: podrán circular los que terminan en par es decir: 0,2,4,6,8
  • Domingos: podrán circular los que terminan en placa impar es decir 1,3,5,7,9

También podrán circular, con normalidad, quienes viajen en transporte público como autobuses y servicio de taxis.

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Cambios de aforo

En lo que respecta al tema de aforo, durante estas dos semanas los bares y casinos solo tendrán permiso de recibir el 25% de su aforo total. En el caso de los parques nacionales, esta cifra será del 50%.

No obstante, como parte de las restricciones sanitarias, las autoridades dispusieron que las playas solamente estarán habilitadas desde las 5:00 a.m. y hasta las 2:30 p.m.

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Las autoridades recordaron que las excepciones ya establecidas como ir al trabajo, cita médica, aeropuerto u hotel, siguen aplicando. Esto, siempre y cuando la persona muestre la carta, comprobante o reservación respectiva.

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes agregó que los conductores que ignoren la restricción vehicular, sin importar la fecha, se exponen a la multa establecida de ¢107.000 colones.

Por su parte, los establecimientos que no cumplan con las capacidades permitidas, se exponen al cierre del local y multas por parte de las autoridades municipales.