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¿Este 15 de setiembre es feriado de pago obligatorio? Esto establece el Ministerio de Trabajo

Este jueves 15 se conmemoran 201 años de vida independiente. Sin embargo, el disfrute de este feriado se traslada al…

Por Sergio Arce

Tiempo de Lectura: 2 minutos
¿Este 15 de setiembre es feriado de pago obligatorio? Esto establece el Ministerio de Trabajo
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Este jueves 15 se conmemoran 201 años de vida independiente. Sin embargo, el disfrute de este feriado se traslada al lunes 19 de este mes.

¿Qué pasa si trabajo ese lunes? ¿me lo pagan adicional o no?

El Ministerio de Trabajo informó que este feriado es de pago obligatorio. Es decir: la ley establece que ninguna persona trabajadora está obligada a laborar ese día, únicamente si está de acuerdo.

Así que si una persona colaboradora se opone a trabajar esa fecha, no puede ser sancionada por esta causa. Sin embargo hay algunas excepciones.

¿Y cómo funcionan los pagos?

Para efectos del reconocimiento del pago de salario del día feriado, Trabajo indica que estará determinado por la forma de pago de la empresa.

Aquellas que cancelan salario semanalmente -las que reconocen en el sueldo solo el tiempo efectivamente laborado de la semana- deben pagar los días trabajados durante esa semana.

Pero se debe agregar un salario sencillo por cada día feriado. Si se labora en el feriado, el salario adicional deberá ser doble ese día.

Aquellas empresas que pagan mensualmente o quincenalmente y las que desarrollan actividad comercial que lo hacen semanalmente, reconocen el salario de todos los días del mes. Esto aunque sean descansos semanales o feriados.

En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes. Y se incluyen los feriados del 25 de diciembre y el 1 de enero.

Si se trabaja el día feriado como el 15 de setiembre se debe agregar el salario de un día sencillo para que se complete el pago doble que establece la ley.

Si en el día feriado se trabajan horas extra, se deben pagar a tiempo y medio doble; es decir, pago triple.

¿Más feriados de pago obligatorio?

Este 15 de setiembre es uno de los dos feriados de pago obligatorio que restan en el 2022. el otro es del 25 de diciembre.

El 1 de diciembre se celebra la Abolición del Ejército, que será de pago no obligatorio. Su disfrute se traslada al lunes 5 de diciembre.