Retina Económica

Hoy vence el plazo para declarar y pagar el impuesto sobre la renta sin sanciones

También se debe cumplir con el IVA correspondiente a febrero.

Por Redacción El Observador

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Hoy vence el plazo para declarar y pagar el impuesto sobre la renta sin sanciones
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Hoy viernes 15 de marzo es el último día para que 457.031 contribuyentes cumplan con la declaración y el pago del impuesto sobre la renta correspondiente al período 2023.

Este deber aplica a personas físicas o jurídicas, tanto públicas como privadas, así como a sociedades de hecho, sociedades de actividades profesionales, empresas del Estado y entes colectivos sin personalidad jurídica que hayan realizado actividades lucrativas en el territorio nacional entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, independientemente de si obtuvieron ingresos o utilidades por su actividad.

La declaración debe presentarse utilizando el formulario D-101-1 “Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta Régimen Tradicional”, disponible en el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV).

El pago del impuesto puede realizarse a través del Débito en Tiempo Real (DTR), mediante conectividad en las páginas web de las entidades recaudadoras autorizadas o en sus ventanillas, indicando únicamente el número de cédula.

Sanciones

Los contribuyentes que no cumplan con la presentación de la declaración y el pago del impuesto podrían enfrentar sanciones, incluyendo una multa por presentación tardía de ¢231.100 (equivalente a medio salario base), más intereses por el atraso en el pago del impuesto.

La sanción por mora en el pago es de 1% por mes o fracción de mes sobre el monto no pagado dentro del plazo.

Se exceptúan de esta obligación las sociedades inactivas, las cuales solo deben proporcionar información resumida de los cambios en sus activos, pasivos y capital a través del formulario D-195 “Declaración Informativa para Personas Jurídicas Inactivas”, cuyo plazo vence el 30 de abril de cada año.

Mario Ramos, director general de Tributación, hizo un llamado a los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones tributarias a tiempo y eviten sanciones.

También recordó que para presentar esta declaración, los contribuyentes deben haber cancelado los pagos parciales correspondientes a junio, septiembre y diciembre, o haber solicitado su eliminación cuando corresponda, de lo contrario, se generarían intereses por el no pago.

Para obtener más información, los interesados pueden visitar el sitio web www.hacienda.go.cr, sección “Servicios Tributarios”, “Información de Impuestos”.