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¿No le han pagado el aguinaldo? Este lunes vence el plazo de ley

Este lunes 20 de diciembre es el último día para el pago del aguinaldo a los trabajadores del sector privado,…

Por Krissia Morris Gray

Tiempo de Lectura: 2 minutos
¿No le han pagado el aguinaldo? Este lunes vence el plazo de ley
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Este lunes 20 de diciembre es el último día para el pago del aguinaldo a los trabajadores del sector privado, de acuerdo con la ley.

Indistintamente de la modalidad de pago, sea quincenal o mensual, esta fecha es invariable, de acuerdo con Luis Diego Villegas, docente de la Universidad Fidélitas.

Así lo establece el artículo 4 de la ley 2412, denominada “Ley Pago de Aguinaldo a Servidores Empresa Privada”.

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“En caso de que algún trabajador no reciba su aguinaldo o lo reciba incompleto, puede presentarse ante las oficinas del departamento de la Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y poner la denuncia correspondiente.

“Además, al patrono se le investigará y se le podría imponer una multa porque no pagar el aguinaldo es una infracción a las leyes laborales”, explicó Villegas.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

Villegas sostuvo que,

Para conocer el monto que se debe cancelar por aguinaldo del 2021 a cada trabajador debe sumársele la totalidad de horas laboradas.

Esto involucra tanto en jornada ordinaria como en la extraordinaria, o sea “las horas extras”. Incluye también cualquier otro pago salarial que se haya realizado en el período que comprende desde el 1 de diciembre 2020 hasta el 30 de noviembre del 2021.

“Con esa suma, se obtiene la totalidad de la retribución anual cancelada al trabajador.  Después, el resultado se divide entre doce y así se obtiene el monto a cancelar de aguinaldo.

“Cuando los trabajadores reciben un ‘salario en especie’, es indispensable que este se sume también para calcular la retribución anual del trabajador”, recalcó Villegas.

El experto apuntó que el monto del salario en especie debe ser determinado y detallado al momento en que se realiza el contrato de trabajo, ya sea manera verbal o escrita.

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En caso de que no se establezca o no se logre determinar con total certeza cuál fue el monto acordado, el artículo 166 del Código de Trabajo señala que obligatoriamente se deberá calcular el salario como un monto equivalente al 50% de lo que reciba mensualmente en dinero efectivo la persona trabajadora.

A partir de este martes, el Ministerio de Trabajo arranca con el proceso de recepción de las denuncias por diferentes canales y medios de consulta de la entidad.

Los trabajadores que resulten afectados podrán interponer sus denuncias presenciales en la la sede central o en las oficinas regionales en Cartago, San Carlos, Alajuela, Puntarenas, Liberia, Limón y Puntarenas.

Lo pueden hacer del 21 al 24 de diciembre y del 27 al 30 del mismo mes. También pueden presentarse del 3 al 7 de enero de 2022.

Incumplimientos en 2020

En el 2020 se presentaron 400 denuncias individuales al Ministerio de Trabajo contra 277 patronos por incumplimiento del pago del aguinaldo.

De estos, 140 empleadores se pusieron a derecho en el pago, mientras que 8 casos se llevaron a instancias judiciales.

En los casos restantes se determinó que no había relación laboral, los locales estaban cerrados, no habían cometido la infracción o aún está en revisión.

Las actividades con más denuncias el año anterior fueron comercio, seguridad privada, transporte e industria.