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¡Ojo! Estas son las nuevas reglas para visitar el Chirripó

El Parque Nacional Chirripó tiene un nuevo Reglamento de Uso Público que regirá a partir del 15 de enero y…

Por Tomás Gómez

Tiempo de Lectura: 3 minutos
¡Ojo! Estas son las nuevas reglas para visitar el Chirripó
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El Parque Nacional Chirripó tiene un nuevo Reglamento de Uso Público que regirá a partir del 15 de enero y que implicará algunas nuevas reglas.

Normas habituales como tener que contar con una reservación se mantienen y otras se actualizan.

Para evitar contratiempos, acá le compartimos algunas de las disposiciones que tendrá que cumplir.

  • Será obligatorio llevar un silbato de uso personal que se debe portar en todo momento.
  • Los visitantes deben registrarse el día anterior a su ascenso en la oficina administrativa del Parque, en San Gerardo de Rivas, a las 4:00 pm.
  • La subida hacia Base Crestones puede hacerse a partir de las 3:00 pm. Los descensos, por su parte, deben empezar antes de medio día.
  • Caminatas en sectores internos (Crestones, Ditkevi, Morrenas, Chirripó, Ventisqueros, Valle de los Conejos,) podrán iniciar desde las 3:00am y prolongarse hasta las 6:00pm.
  • Los visitantes podrán observar el cielo, la luna y las estrellas únicamente en el espacio abierto ubicado frente al Centro Ambientalista el Páramo (Base Crestones), donde en todo momento deberán mantener las normas de seguridad y conducta adecuadas.
  • Quienes deseen apreciar la actividad nocturna de la vida silvestre y los ecosistemas (búhos, lechuzas, insectos, murciélagos, anfibios, reptiles, estrellas y astros) podrán ingresar al ASP después de las 4:00pm y permanecer en el campo hasta el amanecer, previa autorización por escrito por la Administración y con el acompañamiento de al menos un guía local.
  • Los servicios de alimentación, hospedaje, acarreo de equipaje y guiado) autorizados mediante Contratación Administrativa, se deben pagar mediante el mecanismo establecido por la Concesión de Servicios no Esenciales y los permisos de uso vigentes.
  • Previo al ingreso al Chirripó, el turista debe registrar sus datos personales según corresponda con los funcionarios del SINAC en el puesto operativo de San Gerardo de Rivas.
  • Los tiquetes y servicios adquiridos dentro del PNCh son para uso personal éstos son intransferibles. Con base en el artículo 360 del Código Penal, se podrá sancionar por falsedad ideológica a quien de alguna manera pretenda infringir esta disposición.
  • El monto de ingreso que pagan los visitantes se aplica para el ingreso a todos los senderos habilitados por el ASP. Por lo tanto, los visitantes no podrán ingresar a zonas diferentes
  • Los visitantes deben portar en todo momento sus documentos de identidad legibles y vigentes (cédula de identidad o pasaporte) así como el tiquete o comprobante de pago (brazalete) del derecho de admisión y acampar durante su estadía, el cual podrá ser solicitado en cualquier momento.
  • Solo se puede transitar por los senderos oficiales y áreas designados por la administración. Sólo los investigadores, en el ejercicio de sus funciones, podrán transitar por otros sitios.
  • El uso de drones está reglamentado por la Ley de Aviación Civil. Esta indica que el operario debe contar con la licencia respectiva, no puede volar el dron fuera del alcance de su vista, el uso del dron no puede afectar la privacidad de las demás personas.
  • La filmación dentro del Chirripó estará regulada por los correspondientes reglamentos y decretos tarifarios, se deberán acatar las disposiciones de la Administración,

Las actividades prohibidas en el Chirripó

Además de las medidas de precaución, el Parque Nacional Chirripó abarcará también una serie de restricciones.

Estas son:

  • No se permite el ingreso de bebidas alcohólicas, drogas, armas y elementos de caza.
  • Está prohibido dejar cualquier objeto en el Parque, así como botarlos o enterrarlos.
  • No se puede ingresar ni usar plástico de un solo o productos químicos
  • Se debe respetar la vida silvestre. Esto incluye no tomarse “selfies” con los animales
  • No se puede pescar, cazar, extraer flora o fauna silvestre. Se prohíbe la caza, colecta o extracción de
    productos o subproductos del bosque, así como rayar, marcar y cambiar de lugar,
    alimentar o someter a alguna forma de estrés o muerte a las especies de cualquier tipo.
  • Hay que evitar extraer rocas o minerales. Se prohíbe recolectar o extraer rocas, minerales, fósiles o
    cualquier otro producto geológico.
  • Se prohíbe hacer montículos o mojones de rocas (apachetas).
  • Los únicos animales domésticos que pueden entrar son los caballos que trasladan equipaje. Además, los únicos perros permitidos son los guías para visitantes con algún tipo de discapacidad o los que auxilian en labores policiales.
  • No se puede colocar calcamonías y otros símbolos en el parque. Tampoco subirse a árboles ni a los Crestones.
  • Se prohibe el uso de parlantes y bocinas.
  • Se prohíbe actos o manifestaciones públicas de tipo político, religioso, místico u otro que puedan afectar el disfrute de los demás visitantes o funcionarios.
Rutas del Chirripó como San Jerónimo – Sabana de los Leones, San Jerónimo – Cerro Ena y Herradura – Cerro
Urán – Chirripó solo pueden hacerse con un guía según las reglas del Parque Nacional (Tomás Gómez/El Observador)