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Regresar el feriado del Día de la Madre al 15 de agosto se votará pronto en el Plenario

Los diputados votaron este jueves la dispensa de trámite a la reforma que presentó Kattia Rivera de Liberación Nacional para…

Por Hermes Solano

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Regresar el feriado del Día de la Madre al 15 de agosto se votará pronto en el Plenario
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Los diputados votaron este jueves la dispensa de trámite a la reforma que presentó Kattia Rivera de Liberación Nacional para que el feriado del Día de la Madre vuelva este año al 15 de agosto.

La ley que se aprobó en el período legislativo anterior -y que trasladó feriados a los lunes para generar fines de semana largos- se diseñó con el objetivo de apoyar la reactivación del turismo.

Para este 2023, la celebración de esa fecha quedó para el lunes 14 de agosto. Por eso la jefa de fracción verdiblanca presentó la reforma para que el feriado vuelva al propio 15.

Al votarse la dispensa de trámite, ya la iniciativa no pasará por la Comisión de Turismo y se discutirá directamente en el Plenario. Allí podría votarse en primer debate en los próximos días.

“Con esto se reivindicaría la celebración para que se lleve a cabo el propio día 15 de agosto”, indicó Rivera.

La verdiblanca es enfática en que esa fecha debe celebrarse el propio día, como también se debe hacer con el Día de la Independencia, que el año anterior causó controversia, pues el feriado se celebró cuatro días después.

“Ha sido solicitud de los pequeños comercios la necesidad de celebrar el día que corresponde, ya que se ve una baja en la utilización de algunos servicios como floristerías y restaurantes”, indicó.

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Los feriados

Este 2023 cuenta con 12 feriados. Ya pasó el 1 de enero. Ahora será hasta abril cuando se vuelva disfrutar de uno de ellos.

Estos son los feriados de pago obligatorio, que incluye, por ahora, el Día de la Madre el 14 de agosto, como se aprobó en la ley:

  • 6 de abril – Jueves Santo
  • 7 de abril – Viernes Santo
  • 10 de abril – Día de Juan Santamaría (se trasladó del martes 11 de abril)
  • 1 de mayo – Día del Trabajador
  • 24 de julio – Anexión de Nicoya (se trasladó del martes 25 de julio)
  • 14 de agosto – Día de la Madre (se trasladó del martes 15 de agosto)
  • 15 de setiembre – Día de la Independencia
  • 25 de diciembre – Navidad

Además, hay tres feriados que no son de pago obligatorio, aunque sí se paga doble dependiendo de la forma en la que depositan el salario.

Estos feriados son:

  • 2 de agosto – Día de la Virgen de Los Ángeles
  • 3 de setiembre – Día del Afrocostarricense (se trasladó del jueves 31 de agosto)
  • 1 de diciembre – Abolición del ejército

“Si la forma de pago es mensual o quincenal en cualquier actividad o inclusive semanal en comercio, deben pagarse todos los días feriados, sean de pago obligatorio o no obligatorio, es decir, en tales casos no se hace distinción”, dice la ley.