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Retiro anticipado del ROPC solo puede hacerse por orfandad, enfermedad terminal o avanzada edad

El retiro anticipado de los recursos que los trabajadores tienen ahorrados en el Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria (ROPC) solo…

Por Mariana Mena

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Retiro anticipado del ROPC solo puede hacerse por orfandad, enfermedad terminal o avanzada edad
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El retiro anticipado de los recursos que los trabajadores tienen ahorrados en el Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria (ROPC) solo procede en casos muy específicos.

De ahí que el Ministerio Público cursara una investigación sobre el presunto retiro adelantado irregular que habrían realizo 29 personas de sus fondos acumulados.

La Fiscalía señaló que las personas utilizaron documentos falsos, en los que se indicaba que podían acceder a la pensión por invalidez.

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Razones reales

El ROPC está conceptualizado para el dinero ahorrado sea un complemento de los regímenes básicos, como los del IVM, en el momento de la jubilación.

Es por ello que se diseñó para que no pueda ser retirado hasta el final de la vida laboral de las personas.

No obstante, existen tres maneras para acceder al retiro adelantado del ahorro, las cuales están descritas en el “Reglamento de Beneficios del Régimen de Capitalización Individual”, también conocido como “Acuerdo Supen-3-10”. Según el documento los fondos pueden ser solicitados por:

  • Hijos beneficiarios en estado de orfandad: hijos, menores de 25 años, declarados beneficiarios en el régimen básico.
  • Trabajadores o pensionados enfermos terminales: personas en condición de enfermedad terminal calificada por la CCSS y lo acrediten ante la correspondiente operadora. Pueden realizar el retiro total de los recursos acumulados en su cuenta.
  • Personas con pensión a edad avanzada: procede en el caso de que un afiliado que se pensione a los 77 años o más. .

El reglamento aclara que en el último de los casos no procederá para situaciones en las que, debido a que el pensionado haya vuelto a trabajar, sea necesario realizar un recálculo de la pensión.

Por otra parte, no pueden hacer este tipo de retiros anticipados:

  • Los trabajadores asalariados que no estén pensionados por vejez o invalidez
  • Los trabajadores independientes que no estén pensionados por vejez o invalidez
  • Las personas desempleadas que no estén pensionadas por vejez o invalidez

Recursos del ROPC

El ahorro de cada persona en el ROPC se forma con los aportes equivalentes al 4,25% del salario reportado en las planillas de la CCSS:

  • 1% es aportado por el trabajador
  • 3,25% por el patrono

Cuando un afiliado no se pensione bajo el Régimen de IVM de la CCSS, tendrá derecho a disfrutar de los beneficios del ROPC al cumplir la edad establecida, que en la actualidad es de 65 años.

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Solo certificaciones digitales

La Superintendencia de Pensiones (Supen) informó desde marzo del 2020 y según consta en el oficio DJA-216-2020, de la Dirección Administrativa de Pensiones, sólo se opera con certificaciones digitales centralizadas, mitigando así el riesgo operativo asociado a certificaciones físicas.

“Considerando que esta investigación se encuentra en manos de las autoridades judiciales, la Supen se pone a la orden del Ministerio Público para lo que estime necesario”, indicó mediante su oficina de prensa.