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Sala IV aprueba vacunación de menor en hospital de Heredia sin el consentimiento de sus padres

Los magistrados de la Sala Constitucional aprobaron el actuar de las autoridades del Hospital de Heredia. Ellas vacunaron contra el…

Por Krissia Morris Gray

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Sala IV aprueba vacunación de menor en hospital de Heredia sin el consentimiento de sus padres
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Los magistrados de la Sala Constitucional aprobaron el actuar de las autoridades del Hospital de Heredia. Ellas vacunaron contra el covid-19 a un menor de edad sin el consentimiento de sus padres.

Para los constitucionalistas las autoridades del centro médico actuaron conforme a derecho y en defensa del principio del interés superior de la persona menor de edad.

Así concluyó el tribunal, por mayoría, en la sentencia N° 2022-003754, dictada este martes 15 de febrero.

La Sala resolvió un recurso de habeas corpus interpuesto a favor del menor de edad y sus padres, quienes, además, alegaron que el centro médico retenía al infante contra su voluntad.

Decisión del hospital basada en criterios

Para los magistrados, la decisión de vacunar al menor se basó en abundantes criterios técnicos, suficientemente motivados y sustentados.

El Tribunal destacó que el artículo 43 del Código de la Niñez y la Adolescencia impone a la CCSS la obligación de vacunar a los niños contra las enfermedades que las autoridades de salud determinen.

Por otro, el artículo 144 del Código de Familia autoriza la intervención médica. Esto aún en contra el criterio de los progenitores, en caso de tratamientos decisivos e indispensables para resguardar la vida o la salud de sus hijos.

“En el ordenamiento jurídico costarricense se reconoce plenamente la vigencia del principio del interés superior de la persona menor de edad. (Esto) con base en el cual debe desarrollarse toda actividad en torno al ejercicio y respeto de los derechos de la persona menor de edad.

“La Sala Constitucional ha dado profusa aplicación a este principiO. Tanto al reconocer su impacto en toda la normativa vigente, como instando y definiendo su aplicación en asuntos concretos”, manifestó el magistrado instructor del expediente, Jorge Araya García.

También, la Sala descartó la acusación de retención de la persona menor de edad. “Su estancia hospitalaria y la inoculación que se le practicó se estableció con base en el criterio médico. Esto dada la situación de salud del niño y los factores de riesgo asociados”, agrega el texto.

Incidente en el centro médico

El 26 de enero anterior, se registró una violenta protagonizada por personas opuestas a la vacuna contra el covid-19 en el hospital de Heredia dejó siete persona detenidas.

Las personas detenidas fueron remitidas a la Fiscalía de Flagrancia de Heredia por resistencia a la autoridad.

De acuerdo con Kattia Chavarría, directora regional de la Fuerza Pública de Heredia, el grupo de personas afectó el servicio que da ese centro de salud.

El origen de la gresca en el hospital San Vicente de Paul fue porque las autoridades del centro médico no aprobaron la salida a un menor de 6 años, quien ingresó por presentar problemas respiratorios.

OBSERVE MÁS: Invasión a hospital de Heredia: menor internado ya fue vacunado contra el covid-19

Las personas opuestas a la vacunación contra covid-19 reclamaron que “los únicos responsables por la patria potestad sobre los pequeños son los padres de familia”.

En la protesta participó la diputada independiente Shirley Díaz, quien en el pasado permitió el ingreso a la Asamblea Legislativa de personas opuestas a la vacunación.

La directora del centro médico, Priscilla Balmaceda, dijo que no se autorizaba la salida pues se requería del criterio de dos instancias a lo interno del hospital.

También en el Nacional Psiquiátrico

Asimismo, los magistrados resolvieron que una joven de 15 años, que estaba internada en el Hospital Nacional Psiquiátrico, no se le permitió la salida hasta que se le aplicaran la segunda dosis.

La madre de la menor no estaba de acuerdo con la inoculación.

“La Sala declaró, por mayoría, sin lugar el recurso, pues además de los argumentos normativos expuestos quedó demostrado que la muchacha fue informada por las autoridades hospitalarias sobre la vacuna contra la covid-19, y fue ella quien expresamente manifestó su consentimiento con la vacunación.

“Además, un criterio médico dictaminó la importancia de que ella estuviere vacunada. Esto debido a los factores de riesgo que presenta.

“Asimismo, se determinó que la joven sí ha tenido comunicación con sus familiares, y que la permanencia en el centro hospitalario obedeció a la necesidad de dar continuidad al tratamiento que se le estaba aplicando. Esto para la atención de la patología por la que fue ingresada, y no a otras razones”, señaló la Sala IV.