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Contribuyentes ahora pueden pagar impuestos desde plataforma de Hacienda con su cuenta IBAN

A partir de esta semana, los contribuyentes podrán cancelar sus impuestos directamente desde el portal Administración Tributaria Virtual (ATV) del…

Por Marco Marín

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Contribuyentes ahora pueden pagar impuestos desde plataforma de Hacienda con su cuenta IBAN
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A partir de esta semana, los contribuyentes podrán cancelar sus impuestos directamente desde el portal Administración Tributaria Virtual (ATV) del Ministerio de Hacienda, con solo registrar su número de cuenta IBAN.

La institución recordó que para utilizar dicha herramienta solamente se pueden añadir cuentas propias y que estén en la moneda en la que se adeuda el tributo, pues el sistema no tiene la capacidad de hacer cambios de moneda. 

Además, “el representante legal de una sociedad no puede domiciliar sus cuentas para cancelar las deudas de la sociedad”, afirmó la institución en el manual habilitado para los usuarios. En ese caso, o el de entidades jurídicas, dicha persona deberá domiciliar una cuenta de la empresa.

Al mismo tiempo, Hacienda señaló que esta dinámica no es un método de deducción automática, por lo que el contribuyente está en la obligación de hacer los pagos completos correspondientes, antes de las fechas indicadas. 

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¿Cómo registrar su IBAN?

Los usuarios que deseen registrar su número de cuenta bancaria internacional (IBAN, por sus siglas en inglés) solamente deben ingresar al portal ATV y realizar una serie de pasos para hacer la domiciliación.

Una vez dentro de la plataforma, el usuario debe buscar en la pestaña de declaraciones -ubicada en la esquina superior izquierda- donde dice Cuentas y Pagos por DTR. Esta opción cuenta con una flecha que indica un submenú.

Al ubicar el puntero sobre dicho apartado, aparecen dos nuevas opciones. Ahí, la persona debe seleccionar la primera de estas, la cual dice: “Registro de cuentas DTR”.

Una vez que se confirma la acción se despliega un formulario en el cual se debe digitar el número IBAN correspondiente. Cabe recordar que este es un código alfanumérico de 22 caracteres. En el caso de Costa Rica, todas empiezan con las letras CR.

Finiquitado ese paso, el usuario debe pulsar el botón de ingresar. En caso de error, el sistema le informará que dicho número no es correcto, por lo que se debe verificar. Sin embargo, si no hay problemas, el sistema le dirá al contribuyente que la cuenta fue ingresada exitosamente.

A partir de ese momento, la persona podrá cancelar sus tributos con esta modalidad. Las personas que deseen acceder al manual diseñado por Hacienda lo pueden hacer en el siguiente enlace:

https://www.hacienda.go.cr/docs/60c0e407e1280_DRDI082021%20Manual%20para%20el%20uso%20del%20servicio%20DTR%20junio.pdf

Desde el 2015, Hacienda habilitó el portal ATV para que los contribuyentes puedan presentar las principales declaraciones de impuestos exigidas. Sin embargo, fue hasta el pasado 10 de octubre de 2020 que inició la gestación de esta nueva herramienta, según explicó la cartera.

Según las autoridades, “más del 90% de las declaraciones juradas autoliquidativas que los contribuyentes están obligados por ley”, se pueden realizar desde dicha plataforma.