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Desde 2021 acción pide a Sala IV fortalecer control de permisos para revisión técnica: hasta anterior ministro del MOPT y Procuraduría dieron respaldo

En medio de los problemas por encontrar un nuevo operador para la revisión técnica vehicular sale a flote un reclamo…

Por Tomás Gómez

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Desde 2021 acción pide a Sala IV fortalecer control de permisos para revisión técnica: hasta anterior ministro del MOPT y Procuraduría dieron respaldo
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En medio de los problemas por encontrar un nuevo operador para la revisión técnica vehicular sale a flote un reclamo hecho desde hace dos años a manera de Acción de Inconstitucionalidad contra los parámetros laxos que existen actualmente para designar a los encargados.

El artículo 25 de la Ley de Tránsito dice actualmente:

Corresponderá al MOPT, por medio del Cosevi, otorgar las autorizaciones a los centros que realizarán la Inspección Técnica Vehicular; previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 27 de esta ley.

LEY DE TRÁNSITO

Alegando que se trata de un servicio clave para Derechos como ambiente sano, salud e integridad física y que no deja de ser un servicio público con restricciones para su asignación, la asociación PreservePlanet pidió la intervención de los magistrados para ajustar la normativa.

“La delegación de servicio público debe realizarse a través de la licitación, como así lo establece el artículo 182 de la Constitución Política. Todo servicio público solo se puede asumir por parte de terceros via concesión”, apuntó el documento en sus consideraciones contra el sistema genérico de autorizaciones.

“Otorgar el servicio de revisión técnica por medio de autorizaciones, violenta el principio de no regresividad; ya que genera un grave retroceso, con consecuencias graves e irreversibles, al generar apertura ilegal, sin controles y por un régimen tan precario como lo son las autorizaciones, de un servicio que ha brindado irrefutables beneficios al Estado y la ciudadanía”, sumaron.

Finalmente, se advirtió de consecuencias negativas si llegaba a usarse una figura distinta a la licitación se había implementado hasta entonces.

“El servicio de revisión técnica en un modelo de concesión ha brindado resultados y beneficios por casi 20 años; los cuales se verán grave e irreversiblemente afectados si el control se vuelve permisivo y endeble. Uno de los pilares de dichos beneficios es que el Estado utilizó el sistema de contratación más robusto y que asegura el mejor y mayor resguardo de los derechos fundamentales tutelados, esto en aras de cumplir con su deber legal y constitucional de atender a éstos derechos”, concluyeron.

Entes públicos dieron la razón

Con la tramitación de la Acción de Inconstitucionalidad llegó el proceso de consultas que la Sala IV envía a los actores relacionados.

Ahí destacó que tanto el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) como la Procuraduría General de la República. Ambos apoyaron que se declare la inconstitucionalidad de la normativa.

“Un tema como el que nos ocupa, de un servicio donde el componente del ambiente debe ser tutelado mediante constatación; la figura de la concesión y no una autorización pura y simple, aunque reglada sea la que otorgue su prestación”, afirma el oficio de respuesta suscrito por el exministro Rodolfo Méndez.

Incluso se pidió que en caso de anularse la normativa, se dejara claro que “las autorizaciones deben otorgarse siguiendo el procedimiento de licitación pública establecido en la Ley de Contratación Administrativa Nº 7494 y su reglamento; bajo parámetros y requisitos que aseguren el mantenimiento de calidad del servicio prestado, con prestatarios calificados y por los plazos definidos en los términos de referencia que se establezcan”.

En el caso de la Procuraduría, recordó críticas incluso hechas por la propia Sala a modelos anteriores; donde no se contaba con el suficiente control de las revisiones vehiculares.

Cabe destacar que en este proceso también hubo un cambio clave. En 2022 entró a regir la nueva Ley General de Contratación Pública, que modernizó los anteriores parámetros de ahora derogada Ley de Contratación Administrativa.

Según el sistema público de consultas del Poder Judicial la Acción en cuestión sigue en trámite en la Sala IV (Captura de pantalla)