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Falsificar carta para evadir restricción vehicular sanitaria le puede poner tras las rejas

Falsificar una carta para evadir la restricción vehicular sanitaria, podrían llevarlo a una condena de entre uno y seis años…

Por Paula Ruiz

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Falsificar carta para evadir restricción vehicular sanitaria le puede poner tras las rejas
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Falsificar una carta para evadir la restricción vehicular sanitaria, podrían llevarlo a una condena de entre uno y seis años de cárcel.

Así se establece en el Código Penal, por el delito de falsificación de documento y uso de documento falso.

Michael Soto, Ministro de Seguridad, reconoció que este es un delito tipificado en la Ley, por lo tanto, hizo un llamado a la ciudadanía a no falsificar documentos.

“Será reprimido con uno a seis años de prisión, el que hiciere uso de un documento
falso o adulterado”, señala el artículo 372 del Código Penal.

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También se estipula la misma pena a quien” hiciere en todo o en parte un documento falso, público o auténtico, o alterare uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio. Si el hecho fuere cometido por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, la pena será de dos a ocho años”, resalta el 366.

Michael Soto, Ministro de Seguridad (primero de izquierda a derecha) detalló que han detectado casos, donde se comete ese delito. Foto: Presidencia.

Policías detectan casos

Para garantizar el cumplimiento de la restricción vehicular sanitaria, oficiales de Fuerza Pública, Policía de Tránsito y Policías Municipales, realizan operativos.

El Ministro de Seguridad detalló que este viernes detuvieron a un hombre quien falsificó un documento para eludir la restricción.

“Se dio un caso ayer en Alajuela donde una persona muestra documento en parabrisas donde dice que municipalidad local le dio permiso (…) es utilización de documentos falso y es totalmente en contra de la Ley”, señaló.

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Soto detalló que la persona quedó detenida, su vehículo fue decomisado y le realizaron “una gran cantidad de partes”.

Quienes violen la restricción vehicular sanitaria, se exponen a una multa de ¢110 mil, la pérdida de seis puntos en la licencia y el retiro de las placas.

Nuevas medidas

A partir del próximo lunes 13 y hasta el 30 de abril, aplicarán nuevas medidas para la restricción vehicular.

Éstas se extenderán para todo el país entre 5:00 a.m. y 7:00 p.m. donde se permitirá el traslado según el número final en la placa.

Así las cosas, no podrán circular:

  • Lunes: las terminadas en 1 y 2
  • Martes: 3 y 4
  • Miércoles: 5 y 6
  • Jueves 7 y 8
  • Viernes 9 y 0

Sin embargo, entre 7:00 p.m. y 5:00 a.m. no podrá circular nadie, solamente las excepciones ya indicadas por las autoridades en su momento.

Soto aclaró que, quienes por cuestiones laborales deban circular un día con restricción vehicular, pueden hacerlo con una carta, documento o nota de su patrono, donde justifique su traslado, así como el horario en que debe hacerlo.

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