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Juntas Directivas del BCR y Banco Nacional cumplen un mes sin sesionar por falta de nombramientos

Las juntas directivas del Banco Nacional y del Banco de Costa Rica (BCR) no sesionan desde el pasado 31 de…

Por Josué Alvarado

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Juntas Directivas del BCR y Banco Nacional cumplen un mes sin sesionar por falta de nombramientos
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Las juntas directivas del Banco Nacional y del Banco de Costa Rica (BCR) no sesionan desde el pasado 31 de mayo. Esto debido a que el Poder Ejecutivo todavía no ha nombrado a los integrantes que hacen falta.

Ambas entidades bancarias confirmaron a El Observador que sus directivas están desintegradas debido a que solo cuentan con tres de los siete miembros. El Gobierno debe nombrar los cuatro que hacen falta en cada uno.

En el caso del BCR su oficina de comunicación informó que “la junta no puede sesionar porque no cuenta con cuórum estructural”.

“Se está a la espera de que el Consejo de Gobierno nombre a los sustitutos”,agregó.

Tanto en el BCR como en el Banco Nacional terminaron los nombramientos de cuatro integrantes el 31 de mayo anterior.

Actualmente la junta del BCR está conformada por:

  • Néstor Solís Bonilla (presidente): del 1 de junio del 2018 al 31 de mayo del 2026
  • Mahity Flores Flores (vicepresidenta): del 1 de junio del 2018 al 31 de mayo del 2026
  • Luis Emilio Cuenca Botey (director): del 1de mayo del 2020 a 31 de mayo del 2026

Por su parte, la del Banco Nacional:

  • Marvin Arias Aguilar: del 1 de junio del 2018 al 31 de mayo del 2026
  • Rodolfo González Cuadra: del 25 de junio del 2018 al 31 de mayo del 2026
  • Ruth Alfaro Jara: del 3 de julio del 2018 al 31 de mayo del 2026

“En el Banco Nacional, mientras no se formalicen las designaciones para el período 2022-2030, la Junta Directiva General queda desintegrada y no puede sesionar”, respondió esta entidad ante las consultas de este medio.

Nombramientos en mayo

La Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional establece las reglas que se deben seguir para el nombramiento de estas juntas.

El artículo 20 señala que es el Consejo de Gobierno el responsable de nombrar a los siete integrantes, cuando corresponda según el vencimiento.

Además, en el artículo 24 se establecen las reglas sobre el periodo para hacer dichos nombramientos:

“Serán designados por el Consejo de Gobierno, por periodos de ocho años a partir del 1 de junio del año en que se inicia el periodo presidencial”.

Más adelante señala el mismo artículo que “sus nombramientos deben efectuarse en los últimos quince días del mes de mayo del mismo año”.

El mismo articulado indica que las sesiones de dichas juntas son una vez por semana, de forma ordinaria.

El Observador consultó al gobierno sobre la falta de estos nombramientos, sin embargo al cierre de esta nota no hubo respuesta.

También se consultó a la superintendente general de entidades financieras, Rocío Aguilar, quien respondió que no se han comunicado con el gobierno para alertar sobre esta falta de integrantes en las juntas directivas.

“Lo que enviamos fue una nota sobre idoneidad”, añadió.

Mientras se da este atraso, en el Banco Popular también vencen los siete nombramientos en julio próximo. Tres de ellos deben ser elegidos por el Poder Ejecutivo.