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Micro y pequeñas empresas tienen hasta el 2 de diciembre para exonerarse del impuesto a sociedades jurídicas

Las micro y pequeñas empresas que preteden ser exoneradas del impuesto de sociedades jurídicas para el periodo 2023 deben inscribirse…

Por Josué Alvarado

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Micro y pequeñas empresas tienen hasta el 2 de diciembre para exonerarse del impuesto a sociedades jurídicas
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Las micro y pequeñas empresas que preteden ser exoneradas del impuesto de sociedades jurídicas para el periodo 2023 deben inscribirse ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) antes del próximo viernes 2 de diciembre.

Posterior a esa fecha se podrá hacer la inscripción, sin embargo no será posible ejecutar la exoneración.

Según el MEIC la ley establece este beneficio pero únicamente para aquellas micro y pequeñas empresas debidamente inscritas ante este ministerio y la Dirección General de Tributación, del Ministerio de Hacienda.

También para pequeños y medianos productores agropecuarios registrados ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y el Ministerio de Hacienda.

Registro como Pyme 

Para hacer el registro necesario para dicha exoneración debe llenar el Formulario de Inscripción o el de renovación, el cual consiste en una declaración jurada.

Dicho formulario se encuentra en este enlace. Presencialmente únicamente se pude hacer en las oficinas centrales del MEIC.

Posteriormente la Dirección General de Apoyo a la Pequeña y Mediana Empresa (Digepyme) verificará la información y si todo está en orden el sistema le remitirá un correo electrónico que indic que la solicitud ha recibido el trámite.

Si hay algún inconveniente, tendrá 10 días hábiles para corregir.

Las empresas que cuenten con este registro pueden optar por otros beneficios, entre ellos: servicios de desarrollo empresarial, Permiso Sanitario de Funcionamiento (PSF) a microempresas con una tarifa única de $20, participación como proveedor del Estado, entre otros.

El registro tiene una vigencia de 24 meses, es un trámite gratuito y voluntario.