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Negarse a hacer la alcoholemia implica una multa igual que dar positivo, advierte Tránsito

Negarse a hacer la espiración de aire por petición de la Policía de Tránsito, implica una multa de ¢367.000 y…

Por Mariana Mena

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Negarse a hacer la alcoholemia implica una multa igual que dar positivo, advierte Tránsito
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Negarse a hacer la espiración de aire por petición de la Policía de Tránsito, implica una multa de ¢367.000 y acumula 6 puntos de la licencia, el mismo castigo que dar positivo.

Además, la persona deberá realizar un curso de reeducación vial para poder renovar la licencia.

Así lo alertan las autoridades ante los altos índices de detenidos y multados por conducir bajo los efectos del alcohol.

Según datos del 2022:

  • 2.557 personas fueron remitidas al Ministerio Público para afrontar una causa penal.
  • 380 personas recibieron una multa por niveles inferiores a un caso penal.
  • 393 dieron positivo en la prueba pero en niveles bajos.
  • 3.330 fue el total de conductores positivos por alcohol.
  • 14% del total registrado fue en diciembre.
  • 27 personas se estima murieron por accidentes relacionados a esta causa.

“Tenemos la satisfacción del deber cumplido, al detectar a estas personas, pero, lamentamos que sean tantos los que insisten en conducir bajo esta condición, qué refleja un alto sentido de irresponsabilidad”, indicó Felipe Venegas, de la Policía de Tránsito.

OBSERVE MÁS: Multas de tránsito aumentaron 10% desde este 1 de enero; las más altas son de ¢367.000

Lo que dice la ley

De acuerdo a lo que establece la Ley de Tránsito, conducir bajo los efectos del licor es una multa tipo A y los máximos de alcohol permitidos varían según el conductor, si es particular o novato.

Conductores particulares, los niveles con los que se considera estar bajo los efectos del alcohol son de 0.50 a 0.75 gramos en la prueba de espiración de aire, o entre 0.25 y 0.38 miligramos en la prueba de sangre.

Para los conductores profesionales (laborales) y novatos (jóvenes) el nivel permitido es más bajo. Entre 0.20 y 0.50 gramos o entre 0.10 y 0.25 miligramos, según la prueba.

De esa forma, superar los 0,75 gramos o 0,38 mg. en caso de conductores particulares o superar los 0,50 gramos o los 0,25 mg. en caso de conductores profesionales y novatos implica una sanción penal.