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Procuraduría avala acción de inconstitucionalidad contra decreto que limita importación de gas natural

La restricción a la importación, transporte, distribución y comercialización del gas natural atenta contra el principio constitucional de razonabilidad, y…

Por Rodrigo Díaz

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Procuraduría avala acción de inconstitucionalidad contra decreto que limita importación de gas natural
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La restricción a la importación, transporte, distribución y comercialización del gas natural atenta contra el principio constitucional de razonabilidad, y vulnera la reserva de ley y la libertad de comercio.

Así lo afirmó la Procuraduría General de la República en un criterio emitido ante la Sala Constitucional.

Dicho tribunal dio curso a una acción de inconstitucionalidad presentada por la Cámara de Industrias contra los artículos 1, 2, 3, 4 y 8 del Decreto Ejecutivo No. 42747-MINAE. Este se denomina “Establecimiento de las condiciones técnicas para la importación, transporte, distribución y comercialización de gas natural licuado para sustituir al búnker en uso industrial y comercial”.

En dichos artículos se establecen las condiciones de importación para autoconsumo, normativa técnica y regulación tarifaria del uso del gas natural licuado (GNL), como sustituto del búnker.

La sala dio curso a esta acción, pero todavía no ha resuelto si deroga o no dicho decreto.

Límites a la importación

La Procuraduría coincidió en varios de los alegatos de los industriales sobre limitaciones para la importación del gas natural licuado (GNL).

Entre ellos, que si los industriales utilizan otro tipo de energía distinta al búnker, no podrían importar gas natural.

También resalta que sería un “despropósito” no permitir que el sector industrial pueda utilizar libremente dicho recurso, que entre sus propiedades es amigable con el ambiente y mucho más económico, con lo que se perjudica a los consumidores.

Para los industriales, el Poder Ejecutivo se excedió en sus competencias constitucionales y refleja una vez más una visión contradictoria en cuanto al camino a la descarbonización de la economía.

“Se limita la importación de gas natural solamente para sustituir búnker. Entonces, si un empresario hoy utiliza diésel, biomasa o gas licuado de petróleo y desea sustituirlo por gas natural, según el decreto no lo podría hacer, con lo que lo obligarían a seguir utilizando en sus procesos productivos un combustible más caro y menos amigable con el ambiente” sentenció Enrique Egloff, presidente de la Cámara de Industrias.

De acuerdo con el representante, un elemento muy importante del texto de la Procuraduría es que no existe monopolio del Estado en la importación de GNL. Por esta razón, las personas privadas, en ejercicio de su libre iniciativa económica, pueden desarrollar esta actividad para su autoconsumo como fuente de energía en la industria.

Eso sí, esto no tendría perjuicio de las regulaciones específicas en resguardo de la salud pública, la seguridad y el ambiente.

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Más amigable con el ambiente

El uso del gas natural reduce en un 27,46% las emisiones de CO2 si se utiliza como sustituto del búnker, señaló la Cámara de Industrias. Por su parte, se reducen las emisiones en un 15,82% si se utiliza como sustituto del gas licuado de petróleo.

Además, en el 2060 el gas natural se convertirá en la principal fuente de energía. Así lo señaló el Consejo Mundial de Energía, ente que conforman especialistas en el tema.

El gas natural representará un 33% del consumo mundial de energía seguido del petróleo con un 21%.

Para los industriales, negar la posibilidad de utilizar el gas natural es dejar el país atrás en la transición energética. Además, condenaría a las empresas a competir en condiciones adversas.

Ante ello, señaló que el Gobierno, para ser consistente con la urgencia de generar empleo y proteger el ambiente debe facilitar cuanto antes la posibilidad de importar gas natural.

“Quedamos a la espera de que sea corregido el decreto cuanto antes o bien la Sala Constitucional resuelva pronto para dejar sin efecto el decreto No. 42747-MINAE”, concluyó Egloff.