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Recuerde: este martes es el último día para declarar y pagar el impuesto sobre la renta

Las personas físicas y jurídicas que les corresponda pagar el impuesto sobre la renta (utilidades) deben hacerlo a más tardar…

Por Rodrigo Díaz

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Recuerde: este martes es el último día para declarar y pagar el impuesto sobre la renta
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Las personas físicas y jurídicas que les corresponda pagar el impuesto sobre la renta (utilidades) deben hacerlo a más tardar este martes 15 de marzo.

De lo contrario, se exponen a multas por no cumplir su obligación a tiempo.

La multa por no presentar la declaración equivale al 50% del salario base (¢231.100). Adicionalmente, se deberá liquidar y pagar una multa equivalente al 1% del monto del impuesto dejado de pagar por cada mes o fracción de mes transcurrido a partir del miércoles.

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¿Quiénes deben declarar y pagar?

Toda persona física o jurídica, pública o privada, que esté inscrita ante el Ministerio de Hacienda y que realizó actividades o negocios de carácter lucrativo en el territorio nacional, entre el 1 de enero al 31 de diciembre 2021, deberá presentar la declaración.

Deberá llenar el formulario D-101, que se encuentra disponible en este enlace del Ministerio de Hacienda, independientemente de que haya tenido o no ingresos o utilidades por su actividad.

Para hacer el pago, se puede hacer de tres maneras:

  • Por medio de Sinpe en tiempo real. Para ello, la persona debe registrar su cuenta IBAN en el portal ATV del Ministerio de Hacienda.
  • En una entidad bancaria con conectividad con Hacienda. Solo debe incluir el número de cédula o de declaración.
  • Puede presentarse a la ventanilla de la entidad bancaria y hacer el pago del impuesto con solo indicar el número de cédula. Recuerde que no debe presentar ningún formulario porque ya lo llenó directamente en el sistema.

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Sociedades inactivas

Por otra parte, el tiempo para que las sociedades inactivas presenten su declaración se amplió por tres meses, hasta el 13 de junio.

Este periodo adicional puede ayudar a los contribuyentes que siguen con dudas sobre cómo llenar la declaración simplificada de sociedades inactivas. Entre otros temas, se deben incluir los importes por reportar cuando un bien es donado, recibido por herencia, derechos o cuando el activo se tenía desde hace varios años.

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Existen casos también de contribuyentes que no han logrado ingresar con éxito en la plataforma de Administración Tributaria Virtual (ATV), o ser un representante extranjero que no ha logrado tramitar su número de identificación tributaria especial (NITE), entre otros.

Por su parte, las entidades no domiciliadas que mantienen cédula jurídica 3-012, sin actividades en el país, pueden solicitar la eliminación de su cédula. De esta forma, se resuelve el vacío de que debía mantenerse presentada la obligación a pesar de no tener actividades, explicó Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos.