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Sala IV: no es inconstitucional ni discriminatorio que comercios pidan código QR o carné de vacunación

La Sala Constitucional rechazó un recurso de amparo presentado por un ciudadano, que se oponía a la presentación del código…

Por Paula Ruiz

Tiempo de Lectura: 2 minutos
Sala IV: no es inconstitucional ni discriminatorio que comercios pidan código QR o carné de vacunación
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La Sala Constitucional rechazó un recurso de amparo presentado por un ciudadano, que se oponía a la presentación del código QR o carné de vacunación en un cine en San Ramón.

El recurrente consideró que la solicitud del comercio era discriminatoria y provocó un daño psicológico a su hija.

Esto porque -dijo- a su edad no podía entender “por qué papá debe separarse del ver una película familiar”.

Asimismo, el vecino adujo que la decisión de implementar la solicitud del código QR o carné de vacunación violenta los tratados internacionales, porque “nadie te puede obligar a vacunarte sin tu consentimiento”.

El sujeto pretendía que se suspendiera la solicitud de algún documento donde se verifique la vacunación en todo el territorio nacional.

No es contrario al derecho constitucional

Pese a ello, los magistrados consideraron que la solicitud del comercio no violenta ningún derecho.

“La Sala considera que la solicitud del código QR o carné de vacunación, como requisito de ingreso a un recinto privado, no resulta contraria al Derecho de la Constitución”, señala la resolución.

“En este sentido, cualquier establecimiento comercial o asociación privada tiene la  posibilidad de imponer sus reglas de admisión. Esto siempre y cuando no resulten abiertamente discriminatorias, injustificadas o desproporcionadas”, continuó.

De esta manera, el Tribunal constitucional reiteró que en primer lugar está la importancia de la vacunación para el resguardo de la salud pública.

De esta manera, aunque la inoculación es individual, trasciende a la protección de la comunidad.

Ahora, si lo que se pretende es el cuestionamiento de diversos aspectos técnicos, médicos y científicos de las vacunas, tal agravio no corresponde ser examinado en la vía sumaria del amparo”, indicó la Sala.

Adicionalmente, los magistrados también recordaron que los establecimientos privados decidirán si solicitan estos documentos de verificación para ingresar a sus comercios.

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