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Sala IV ordena al Gobierno restituir a miembro de junta directiva de CCSS suspendida en diciembre pasado

Jiménez es representante del sector solidarista en la Caja, pero el 21 de diciembre del año pasado Zapote tomó la decisión de separarla del cargo.

Por Paula Ruiz

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Sala IV ordena al Gobierno restituir a miembro de junta directiva de CCSS suspendida en diciembre pasado
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La Sala Constitucional declaró parcialmente con lugar un recurso de amparo presentado por Maritza de los Ángeles Jiménez Aguilar en contra del Consejo de Gobierno.

Esto luego de que allí se tomó la decisión de suspenderla como miembro de la junta directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Jiménez es representante del sector solidarista en la Caja, pero el 21 de diciembre del año pasado Zapote tomó la decisión de separarla del cargo.

De esta manera, los magistrados ordenaron a Natalia Díaz, ministra de la Presidencia, o quien esté en su cargo de forma temporal, la restitución inmediata de la directiva.

A la vez, quedó sin efecto el nombramiento realizado el 8 de febrero del 2023 de Jorge Porras López en sustitución de Jiménez.

La representante del solidarismo presentó el recurso de amparo el 3 de julio, mismo día en que el Consejo de Gobierno restituyó a José Luis Loría quien es representante nombrado por el cooperativismo y Martha Rodríguez del sector sindical tras la orden emitida por la Sala el 27 de junio.

Todos los tres fueron suspendidos en el mismo momento, pero solo Loría y Rodríguez presentaron el recurso de primero.

La administración Chaves Robles les atribuye haber aprobado el aumento salarial para los empleados de la CCSS, que entró a regir al cierre de 2022.

El trámite de la representante del cooperativismo se realizó mediante el expediente 23-015642-0007-CO.

Defensa de la Caja

Los magistrados indicaron que esta resolución tiene que ver con el principio de autonomía constitucional de la Caja.

“Los magistrados reiteraron que la ley constitutiva de la entidad expresamente otorga a los directivos absoluta independencia y garantía indefectible de inamovilidad en el ejercicio de sus cargos, de tal forma que puedan ejercer sus funciones sin presiones externas”, indicó la Sala Constitucional.

En el caso particular, consideran que se vulneró el principio de autonomía y los derechos de la parte amparada. De esta manera, por mayoría catalogaron como inconstitucional la medida tomada por el Consejo de Gobierno.

En contraparte, salvaron el voto los magistrados Fernando Castillo y Anamari Garro quienes rindieron sus argumentos, entre ellos, consideran que al tratarse de una restitución, debe verse por la vía ordinaria.

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