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Sala IV ordena reubicar 36 pacientes en el Hospital Psiquiátrico Chacón Paut

La Sala Constitucional ordenó reubicar a 36 pacientes que tienen entre 5 y 55 años de estar internados en el…

Por Paula Ruiz

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Sala IV ordena reubicar 36 pacientes en el Hospital Psiquiátrico Chacón Paut
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La Sala Constitucional ordenó reubicar a 36 pacientes que tienen entre 5 y 55 años de estar internados en el Hospital Psiquiátrico Dr. Roberto Chacón Paut, en La Unión.

Esto, al declarar con lugar un recurso de amparo interpuesto por el abogado Dewin Brenes contra la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Consejo Nacional de las Personas con Discapacidad (Conapdis).

Sobre la última entidad mencionada, recaerá la labor de reubicar en alternativas residenciales a los pacientes.

Se trata de 36 personas que ya completaron su proceso de rehabilitación y su situación se encuentra estabilizada, aunque permanecen recluidos en el hospital.

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En la resolución Nº 2021024199 se ordena a ambas entidades a ejecutar los traslados en las fechas estipuladas mediante un cronograma ya previsto.

“De igual forma, deberán informar a este Tribunal, cada vez que se efectúen los egresos programados; siendo que, en caso de no poder realizarse, deberán indicar los motivos y la fecha que se hará efectivo”, señalan los magistrados.

En el documento se indica que había egresos programados para el 1 y 8 de octubre, así como el 1 de noviembre.

Adicionalmente, quedaría pendiente el último para el 1 de diciembre próximo.

En busca de más pacientes

Para Brenes, lo resuelto refleja que la Caja, el Conapdis y la Defensoría de los Habitantes no prestan atención a esta población vulnerable.

“El tema es que hay instituciones y fundaciones que se dedican a darle asistencia y el Conapdis tiene dinero para que puedan darle asistencia a esas personas y puedan socializar, eso no se está cumpliendo porque están metidos en un hospital”, recalcó Brenes.

Algunos de los pacientes tienen varias discapacidades físicas por lo que la alternativa residencial se valora conforme con las necesidades de cada uno, explicó el abogado.

Agregó que por lo pronto, está averiguando sobre pacientes en estas mismas condiciones en el hospital Psiquiátrico ubicado en Pavas, así como en el sistema hospitalario nacional.

Varias alternativas

Entre las alternativas que el Conapdis lleva a cabo con pacientes psiquiátricos se encuentran:

  • Hogares grupales: son sitios cuya administración la lleva una persona vinculada a una organización especializada en la atención de pacientes. Allí viven entre 10 a 12 personas que estuvieron internadas en el centro médico por muchos años.
  • Familias solidarias: son familias que acogen a una persona que estuvo internada y se desenvuelve en la dinámica familiar.
  • Residencias privadas: estas cuentan con 5 a 7 personas que necesitan alguna asistencia o acompañamiento.
  • Hogares unipersonales: se alquila una casa para que la persona viva sola.

Con anterioridad, en Conapdis indicaron que conocen la realidad de estos pacientes y se ha procedido con la reubicación de manera gradual.

“Esto es un proceso. No se puede tomar a una persona que tiene 20 años de vivir en una institución médica, sacarla y ponerla a vivir en una casa sola.

“Esto podría ser contraproducente para una persona que ha carecido de habilidades sociales y que nunca ha interactuado con otras personas”, dijo Francisco Azofeifa, director ejecutivo de Conapdis en una consulta anterior.

Este medio está a la espera de obtener una reacción tanto de la CCSS como de Conapdis tras lo dictado por la Sala.

La Sala ordenó el traslado y avisar al tribunal sobre los que están programados.