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Campaña procurará que trabajadores reciban aguinaldo a tiempo

Desde este martes y hasta el 20 de diciembre, todos los patronos deben de pagar el aguinaldo. Este año, con…

Por Paula Ruiz

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Campaña procurará que trabajadores reciban aguinaldo a tiempo
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Desde este martes y hasta el 20 de diciembre, todos los patronos deben de pagar el aguinaldo. Este año, con la excepcionalidad de reducción de jornadas o suspensión de contratos.

Pese a ello, todas las personas trabajadoras que laboraron durante un mes continuo con el mismo patrón, tienen derecho al decimotercer mes, indicó Giannina Dinarte, ministra de Trabajo.

Por eso, la cartera lanzó la campaña “aguinaldo a tiempo…a derecho” para velar porque este beneficio legal se cumpla.

Debido a la pandemia, para este año no contarán con toldos que permitían las consultas presenciales. Por el contrario, activaron transmisiones vía Facebook Live todos los martes a partir de este 1 de diciembre y hasta el 21 de este mismo mes, para que las personas puedan evacuar sus dudas.

Adicionalmente, contarán con plataformas digitales como el Facebook, la app Trabajo CR, así como chat en el sitio web.

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Para este año, tendrán 105 funcionarios a cargo de la campaña, mientras que en 2019 fueron 89 trabajadores.

El aumento de personal se debe a la disposición de mecanismos virtuales, puntualizó Dinarte.

Quienes tuvieron reducción de jornada o suspensión de contrato, también tienen derecho a recibir el aguinaldo.

¿Cómo se calcula?

Para el cálculo del aguinaldo debe de sumar los salarios ordinarios y extraordinarios recibidos entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de noviembre de 2020.

El total, lo divide entre 12 y ese será el monto que debe de recibir por concepto de aguinaldo.

Quienes este año tuvieron suspensión de contrato laboral, también realizan la suma aunque colocan 0 colones por los meses que no recibieron salario.

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Lo mismo con quienes experimentaron reducción de jornada laboral; en vez de colocar el monto total, suman lo recibido en ese lapso.

En el caso de una persona con un salario bruto de ¢800.000, a la que le redujeron la jornada en un 50% durante seis meses del presente año, el total de salarios brutos quedaría establecido de la siguiente manera:

  • Diciembre 2019 ¢800.000
  • Enero 2020 ¢800.000
  • Febrero 2020 ¢800.000
  • Marzo 2020 ¢800.000
  • Abril 2020 ¢400.000
  • Mayo 2020 ¢400.000
  • Junio 2020 ¢400.000
  • Julio 2020 ¢400.000
  • Agosto 2020 ¢400.000
  • Setiembre 2020 ¢400.000
  • Octubre 2020 ¢800.000
  • Noviembre 2020 ¢800.000

Al sumar todos los salarios devengados durante los últimos 12 meses el monto recibido por el empleado es de ¢7.200.000. Al dividirlo entre los 12 meses del año, se obtiene llega a un promedio de ¢600.000 que le corresponde recibir para el aguinaldo del año 2020.

La página del Ministerio de Trabajo tiene disponible una calculadora para estimar este monto.

Eso sí, el empleador tuvo que hacer el trámite de reducción o suspensión de contrato para poder aplicar estas rebajas en el salario número 13, especificó Ricardo Marín, viceministro de Trabajo.

Las únicas personas que no tienen derecho a este beneficio son: quienes no laboraron un mes continuo con el mismo patrón y quienes brindan servicios profesionales.

Sin plazo adicional

Pese a la afectación de micro, pequeñas, medianas y grandes empresas durante este año por la pandemia, la fecha límite de entrega del aguinaldo es el 20 de diciembre.

Es decir, no contarán con un plazo adicional para poder reunir el dinero suficiente que les permita efectuar este pago a los trabajadores, señaló Dinarte.

Lo anterior, porque así está establecido por Ley, según defendió.

“Si el patrono va a buscar para hacer pagos parciales sería antes del 20 (de diciembre) pero no hay acuerdo de fragmentación después del 20 de diciembre ni tenemos mecanismos para hacerlo”, puntualizó la ministra de Trabajo.

Es a partir del 21 de este mes cuando el ministerio recibirá denuncias por el incumplimiento de este pago, informó Wálter Villalobos Director Nacional de Inspección de forma interino.

“El 20 es la fecha límite por disposición de ley, es la fecha máxima que tiene el patrono para pagar aguinaldo, en ese momento es la Inspección de Trabajo a la que le corresponde la actuación a la que no deseamos llegar y mucho menos en pandemia”, declaró el jerarca.

Las denuncias presenciales se recibirán el 21,24,28 y 30 de diciembre así como el 4 y 8 de enero en las siguientes sedes: Central (San José), Cartago, San Carlos, Puntarenas, Liberia, Limón y Pérez Zeledón.

En el 2019 se recibieron 346 denuncias por incumplimiento de este derecho, principalmente del área de “otros servicios” y “comercios”.

A la fecha, hay 17 denuncias elevadas a sede judicial que afectan a 244 trabajadores.

Este año no habrá toldos para consultas presenciales debido a la pandemia. Solamente por medios tecnológicos. (MTSS)