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Ley marco de empleo público y la certificación de competencias laborales

Francisco Soto para El Observador En abril del año 2021, cuando se iniciaba en la Asamblea Legislativa la discusión del…

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Ley marco de empleo público y la certificación de competencias laborales
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Francisco Soto para El Observador

En abril del año 2021, cuando se iniciaba en la Asamblea Legislativa la discusión del proyecto de ley N° 21336 Ley Marco del Empleo Público, escribí el artículo “Ley marco de empleo público y las competencias laborales”.

En él comentaba la importancia de la evaluación de competencias laborales en los empleados del sector público, para que el país sea más transparente y justo en la contratación, desarrollo de los servidores públicos; pero principalmente que genere igualdad de condiciones con un empleado que labora en el sector privado por sus competencias laborales.

Recientemente, la Sala Constitucional concluyó que el proyecto de ley no contiene vicios sustanciales de procedimiento legislativo, ni de fondo. Por lo tanto, se continúa su proceso de aprobación en segundo debate y en pocos meses podría entrar en vigor.

La gestión de desarrollo y las competencias laborales

La definición de gestión de desarrollo que indica la ley es importante porque establece el fin del Estado en la gestión laboral del servidor público.

Los recursos humanos potenciarán el crecimiento individual y colectivo de las personas servidoras públicas, procurando el mantenimiento y la evolución de las competencias laborales que apoyen el progreso profesional, así como alcanzar el fin organizacional.

Además, los principios rectores del empleo público se regirán por la excelencia de los servicios de la persona servidora pública y sus competencias laborales. Por lo tanto, la eficiencia del servidor público se basará en la excelencia de su la calidad e idoneidad.

Cómo se va a lograr la excelencia del servidor público

La ley busca mejorar el reclutamiento y selección del personal. Los departamentos, áreas, direcciones y otros deben elaborar y aplicar pruebas de conocimientos, competencias y psicométricas, estableciendo claramente los prerrequisitos del puesto.

Los procesos de reclutamiento y selección tendrán carácter abierto con base en el mérito y las competencias laborales, acorde con los principios de idoneidad comprobada, igualdad y transparencia, garantizando la libre participación.

La gestión del empleo, gestión del rendimiento, gestión de la compensación y gestión del desarrollo tendrán como base las competencias laborales; es decir aptitudes, habilidades, conocimientos y experiencia en el puesto.

La evaluación de desempeño de las competencias laborales

Para garantizar el funcionamiento del servicio público la ley establece la evaluación del desempeño como un mecanismo esencial para la mejora continua en el desarrollo integral de las personas servidoras públicas.

La evaluación deberá ser objetiva, sin perjuicio en contra de ninguna persona por afiliación política, persecución, acoso laboral, moral y ético. Ante este reto, el Estado deberá implementar los instrumentos jurídicos vigentes para facilitar que la evaluación sea eficiente.

La Ley N° 8279 del Sistema Nacional para la Calidad indica, en el artículo 34, que “Todas las instituciones públicas que, para el cumplimiento de sus funciones, requieren servicios de laboratorios de ensayo, laboratorios de calibración, entes de inspección y entes de certificación, deberán utilizar los acreditados o reconocidos ante el Ente Costarricense de Acreditación”.

El uso de organismos de evaluación de conformidad acreditados ayudaría en este proceso.

La evaluación de desempeño de las competencias laborales debe ser imparcial, justa y equitativa para el servidor público. La certificación de personas mediante la norma INTE-ISO/IEC 17024:2013 es una opción que permite realizar evaluaciones conforme a estándares internacionales dando conformidad de la calidad a cada persona, garantizando idoneidad en su puesto.