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Licencias de paternidad rigen a partir de este viernes: conozca los nuevos permisos

Este viernes se publicó en el Diario oficial La Gaceta la Ley 10.211 para el establecimiento de licencias, entre ellas…

Por Paula Ruiz

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Licencias de paternidad rigen a partir de este viernes: conozca los nuevos permisos
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Este viernes se publicó en el Diario oficial La Gaceta la Ley 10.211 para el establecimiento de licencias, entre ellas las de paternidad y adopción.

Con esta ley se modifican los artículos 70, 94, 94 bis, 95, 96, 97 y 100 del Código de Trabajo y se establece una serie de licencias especiales en caso de maternidad, paternidad y adopción, además de garantizar fueros de protección a las personas que se acojan a estas licencias, especificó Marco Arias, experto de BDS Asesores.

Tome nota sobre las nuevas licencias especiales a partir de hoy:

  • Licencia de paternidad de dos días por semana durante las primeras cuatro semanas de vida del menor.
  • Licencia en caso de que la madre fallezca en el parto o durante la licencia de maternidad.
  • Una licencia de tres meses para las personas que adopten de forma individual o conjunta.

Por otra parte, se establecen nuevas regulaciones, entre ellas, otorgar permiso con goce salarial durante un día para obtener certificado médico que demuestre el estado de embarazo y para asistir a servicios médicos.

Asimismo, queda prohibido que un patrono solicite prueba de embarazo para contratar a una mujer, ya sea de manera temporal o indefinida.

Adicionalmente, se establece que los sectores privado y público deberán contar con una sala de lactancia para madres en periodo de lactancia sin importar la cantidad de mujeres que laboren en el lugar. Previo a esto, se estableció como mínimo de 30 trabajadoras para contar con estos espacios.

“Con esta reforma se busca que las labores de cuido y crianza sean compartidas de una manera más equitativa, en favor de las mujeres que trabajan; además de garantizar su protección”, destacó Arias.

Sobre la licencia de paternidad

Esta nueva norma aplica para trabajadores del sector privado y público.

Ya existen licencias de paternidad en empresas o bien, mediante convenciones colectivas por lo tanto, los beneficiarios del permiso tienen derecho a acoplarse a lo establecido en la Ley.

“Si la norma interna representa un beneficio superior al que el Código acaba de establecer, no podría (disminuirse la cantidad de días de beneficio) en aplicación de derechos adquiridos.

“La condición más beneficiosa y principio protector que llamamos en materia laboral, esa empresa o institución no podría decir que como daba tres semanas, ahora bajará a ocho días, ese cambio no procedería”, explicó el abogado Alejandro Trejos, de BDS asesores con anterioridad.

No obstante, sí se aplicará a la inversa; es decir, que si un trabajador tenía una licencia de paternidad menor a ocho días, ahora deberá ajustársele a esa cantidad mínima de días.

Lo anterior, por cuanto la reforma aprobada establece el piso de días por otorgar a la persona trabajadora.

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La licencia será remunerada por partes iguales por la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el patrono, señala el texto publicado.

Con respecto a cuáles días por semana se ausentará el trabajador, es un aspecto que podría ser negociado con el patrono.

Por ejemplo, no es que el trabajador tenga la facultad para decidir ausentarse un lunes, luego de así planearlo un domingo.

Este beneficio aplica tanto a hombres casados como en unión libre, parejas o sin vínculo sentimental con la madre del recién nacido.

No obstante, para las personas casadas podría ser un trámite más expedito en tanto, el bebé lleva automáticamente los apellidos del padre.

En caso de que no estén en matrimonio y sean una pareja estable, al momento del parto, tanto el padre como la madre, pueden indicar expresamente que él es el progenitor y por tanto, el recién nacido puede llevar de una vez los apellidos de ambos.

De lo contrario, será un proceso más complejo para quienes deberán hacer el trámite en el Registro Civil debido al tiempo que eso conlleva.

La nueva Ley establece que los patronos deberán tener un espacio para las madres en periodo de lactancia sin importar la cantidad de mujeres trabajadoras. (Archivo/El Observador)