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Persecución o acorralamiento: el delito de acoso sexual callejero que más se da en Costa Rica

En julio del 2020 la Asamblea Legislativa aprobó la ley contra el acoso sexual callejero y a partir de su…

Por Hermes Solano

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Persecución o acorralamiento: el delito de acoso sexual callejero que más se da en Costa Rica
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En julio del 2020 la Asamblea Legislativa aprobó la ley contra el acoso sexual callejero y a partir de su implementación, las denuncias aumentaron de manera considerable hasta los 440 casos, de ese año a mayo del 2022.

Hay tres escenarios que se consideran como delito hasta con penas de cárcel, además de que existen también contravenciones.

Para que un delito de este tipo se pueda denunciar, el hecho tuvo que ocurrir en alguno de estos tres lugares: un espacio público como por ejemplo parques, calles o vía pública; un espacio público de acceso privado, como en un centro comercial, y por último, en medios de transporte público como bus, tren, taxi e incluso contempla quienes usen las aplicaciones privadas para trasladarse.

¿Cuáles son las acciones de acoso sexual callejero considerados como delitos?

-Exhibicionismo o masturbación. Una persona en espacio público exhibe sus partes o se masturba delante de una persona

-Persecución o acorralamiento con connotación sexual

-Producción de material audiovisual. Esto se refiere a quienes toman videos o fotos con connotación sexual sin consentimiento del afectado

“Estas conductas son investigadas por el OIJ, pero con denuncia interpuesta, no de oficio”, indicó Roberto Pérez, jefe de Unidad de la Sección Especializada en Violencia de Género, Trata y Tráfico Ilícito de Migrantes del OIJ.

Por su parte, las contravenciones se dan cuando una persona dice palabras con connotación sexual, gestos, ademanes, gemidos.

“El ejemplo de esto un piropo vulgar, y una persona se siente ofendida y puede denunciar”, señaló Pérez.

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440 denuncias por acoso callejero registra el OIJ, desde la aprobación de la ley en el 2020. (Archivo/ El Observador)

Se da más la persecución

La principal causa que se denuncia, según indicó el OIJ, es la persecución o acorralamiento; es decir, que hay personas, principalmente hombres, que persiguen a mujeres en sitios públicos o las acorralan con connotaciones sexuales.

En 2020 se presentaron 76 denuncias en total ante el OIJ, de las cuales, 33 eran por ese delito. Otras 30 fueron por exhibicionismo o masturbación y 12 más por la producción de material audiovisual.

Para el 2021 los casos se incrementaron de manera significativa. Hubo un total de 269 denuncias, divididas de la siguiente manera:

  • -Persecución o acorralamiento:159
  • -Exhibicionismo o masturbación: 90
  • -Producción de material audiovisual: 18

Según el jefe del OIJ, el incremento se debió a que hubo mayor conocimiento y publicidad de la ley y eso permitió que la gente se atreviera a denunciar estas acciones.

“La ley entra en vigor en 2020 y la publicidad que se le da la situación, dio a la población el conocimiento para que de forma valiente puedan denunciar”, dijo Pérez.

Mientras tanto, durante este 2022, hasta el mes de mayo se habían presentado 95 denuncias.

Por persecución o acorralamiento fueron 66; 21 más por exhibicionismo o masturbación y en el caso de toma de videos y fotografías sin consentimiento un total de 7 casos.

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Mujeres denuncian

Esta ley no tiene distinción de género; es decir, tanto mujeres, como hombres pueden ser víctimas e igualmente pueden denunciar.

Sin embargo, el patrón es claro, según lo dio a conocer el OIJ.

“La gran mayoría, el 99% la persona ofendida es una mujer y la persona actora es un varón”, indicó Pérez.

Para cada uno de los delitos por acoso sexual callejero se fijaron penas de prisión que van desde los seis meses hasta tres años; y en penas multas, desde 30 a 45 días multa.