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Proyecto sobre reelección de magistrados suma oposición por roce con independencia judicial

Un proyecto de ley que analiza el Congreso busca limitar la reelección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia…

Por Paula Ruiz

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Proyecto sobre reelección de magistrados suma oposición por roce con independencia judicial
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Un proyecto de ley que analiza el Congreso busca limitar la reelección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y, a la vez, modificar el mecanismo para la continuidad en el cargo.

Desde enero, los diputados reciben en audiencia a voceros de instituciones quienes brindaron su criterio con respecto al expediente 21.612.

Este texto lo presentó en la legislatura anterior, el exdiputado Erick Rodríguez Steller, el 23 de setiembre de 2019.

Actualmente, se requiere del voto negativo de 38 diputados para que un magistrado no pueda continuar en este puesto.

La iniciativa en análisis plantea que se deben obtener 38 votos para continuar ejerciendo.

Además, establece que se podrá estar en el cargo por un máximo de 16 años. Se suma el periodo inicial por ocho años y una reelección por el mismo periodo.

Algunas observaciones

La propuesta encontró criterios negativos. Uno de ellos fue expuesto por la Procuraduría General de la República (PGR).

La procuradora, Magda Rojas, advirtió de posibles roces de inconstitucionalidad.

A este punto de vista se suma Joseph Thompson, vicedecano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica (UCR).

Ambos hicieron señalamientos con respecto al mecanismo para la reelección.

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“Sentimos que hay potenciales conflictos con otras disposiciones constitucionales y, eventualmente con obligaciones internacionales del Estado de Costa Rica”, dijo Thompson.

También agregan que sería un “atentado contra la independencia judicial y particularmente de los magistrados.”

“En la actualidad, si alguien llega a ser miembro de la Corte sabe que para que no sea reelecto se necesita una mayoría calificada y eso le permite una relativa autonomía a lo largo de su primer periodo y más en periodos sucesivos”, puntualizó el docente de la UCR.

A lo que no se oponen ambas vocerías es a limitar la reelección.

“Limitar el número de reelecciones no necesariamente incide en algún tipo de infracción de otras normas constitucionales y es una propuesta que puede ser viable para ser discutida”, recalcó Thompson.

A estos criterios se suma la investigadora, Evelyn Villarreal, representante del informe Estado de la Justicia, del programa Estado de la Nación.

A su criterio, el constituyente en 1949 estableció el mecanismo para la reelección, para garantizar independencia y con ello, evitar la manipulación político-partidista.

Asimismo, se busca que un magistrado no tenga un compromiso de carácter político en sus resoluciones, para evitar estar sujeto al escrutinio de los diputados.

Para Villarreal, este mecanismo garantiza la autonomía y neutralidad de la cúpula judicial.

En contra parte, el Colegio de Abogados y Abogadas está a favor de limitar la reelección y de establecer el nuevo mecanismo de reelección, como lo propone el texto en análisis.

Álvaro Sánchez, presidente del colegio profesional, recomendó que cuando un magistrado cumpla 16 años en el puesto, su sustitución sea inmediata y que se establezca un periodo de 8 años para que esa persona pueda volver a postular su nombre al cargo.

En tanto, la Alianza Sindical del Poder Judicial planteó que se establezca un periodo de nueve años para fungir como magistrado de la Corte Suprema de Justicia, sin la posibilidad de continuar en el puesto.

Es inconstitucional

El 23 de enero, la Corte Plena rechazó el proyecto de ley, luego del análisis realizado por la dirección jurídica del Poder Judicial, liderada por Rodrigo Campos.

Campos, destacó que la voluntad del Constituyente en 1949 con el establecimiento del mecanismo para la reelección o no de un magistrado, era excluir la presión política.

A la vez, advirtió que el plan podría estar “viciado de inconstitucionalidad en el trámite que se le pueda llegar a dar”.

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Lo anterior, con base en los votos de la Sala Constitucional, donde se destaca que la Asamblea Legislativa carece de competencia para hacer una reforma parcial a derechos fundamentales y decisiones políticas fundamentales.

Este informe fue acogido por todos los magistrados que conforman este órgano.

La diputada Kattia Cambronero, quien preside la comisión que estudia este proyecto, indicó que pese a los señalamientos en contra, deberán rendir un informe al Plenario donde emiten una recomendación sobre el expediente. Cortesía Asamblea Legislativa.

¿Hacia donde va?

A raíz de esto, la diputada Pilar Cisneros pidió claridad, dado que este criterio de la Corte sería clave en el trámite legislativo del proyecto.

Pese a esto, Kattia Cambronero, legisladora que lidera la comisión legislativa, informó que será hasta finalizar el análisis cuando se rinda un informe, en el cual se deberán realizar recomendaciones al Plenario sobre esta iniciativa.

Solo los magistrados

Actualmente, los puestos de diputaciones y presidencia de la República no tienen aval para la reelección consecutiva. Deben esperar cuatro años desde su salida del cargo para volver a postularse.

En el caso de los gobiernos locales, en el periodo 2018-2022, la Asamblea Legislativa aprobó un proyecto de ley que limita la reelección de alcaldes y otros puestos municipales.

De esta manera, se estableció como máximo un periodo adicional. Es decir, implica un total de 8 años en el cargo, y por tanto, deberán esperar esa misma cantidad para volver a postular su nombre ante la ciudadanía.

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Esta regla aplicará a partir de las elecciones municipales de 2024. Los alcaldes y aquellos funcionarios en puestos del régimen municipal elegidos mediante voto popular, quedarán fuera de forma automática en caso de tener 8 años o más ejerciendo.

De esta manera, la reelección indefinida solo es permitida para los magistrados.

Para el diputado socialcristiano, Leslye Bojorges, debe de hacerse algo con tal de que no se conviertan en vitalicios, en el Poder Judicial.

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