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Sicop estará suspendido una semana en diciembre ¿Qué pasará con las compras públicas?

El Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) estará suspendido de manera temporal durante una semana en diciembre. Así se especifica…

Por Hermes Solano

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Sicop estará suspendido una semana en diciembre ¿Qué pasará con las compras públicas?
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El Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP) estará suspendido de manera temporal durante una semana en diciembre.

Así se especifica en una resolución del Ministerio de Hacienda, MH-DM-RES-0919-2022, publicada el 3 de noviembre en el diario oficial La Gaceta. Esa resolución fue emitida y firmada por el ministro de Hacienda, Nogui Acosta.

La suspensión del sistema de compras del Estado será desde las 0 horas del 1 de diciembre y hasta las 11:59 p.m. del 8 de ese mes.

¿La razón?

El 1 de diciembre entrará en vigor la Ley General de Contratación Pública, No. 9986, la cual dispone, entre otras, que toda la actividad de contratación pública regulada en la esa ley deberá realizarse por medio del Sistema Digital Unificado.

Ante esto, el SICOP se utilizará para ese sistema digital, por lo que RACSA informó que debía incluir las mejoras para poder aplicar la nueva ley y por ende se debe apagar.

“Las mejoras desarrolladas en su mayoría tienen una complejidad muy alta, especialmente los nuevos tipos de procedimientos y las asociadas a funcionalidades ya existentes como ofertas, subasta, remate, modificación de contrato y convenio marco”, indicó RACSA.

OBSERVE MÁS: Brecha digital obstaculiza puesta en marcha de Sicop en todo el sistema público

¿Y las compras?

SICOP regula todas las compras que hacen las instituciones del Estado, generando la fiscalización para que todo se haga de forma transparente.

Ante la suspensión temporal hay dudas respecto a lo que pueda suceder con ese tema. En la resolución de Hacienda se señalaron algunos puntos importantes a tomar en cuenta.

“Durante el plazo de suspensión no será posible acceder a la plataforma, realizar aperturas, presentar ofertas, realizar pagos, hacer liberaciones de garantías, publicaciones de carteles, ni proceso alguno en el sistema”, señaló Hacienda.

El Observador consultó al ministerio sobre el tema y lo que pasará con las compras. La respuesta fue remitir la resolución citada.

En el texto se hace una recomendación a los interesados para que el impacto de la suspensión sea menor.

“Se considera necesario prevenir a las instituciones contratantes revisar los procedimientos de contratación pendientes de tramitarse a efectos de que se tomen las previsiones contemplando los días naturales en los cuales no se podrá utilizar el SICOP”, indicaron.

Aplicación de la ley

Si en el período de suspensión entre el 1 y 8 de diciembre se tiene que presentar alguna gestión, se debe valorar la utilización de los “supuestos de exclusión de uso del sistema” previstos en el artículo 16 de la ley, así como, lo dispuesto en su artículo 66, haciéndose énfasis en que el nuevo procedimiento de urgencia.

Este prevé la posibilidad de tramitar una gestión de esta naturaleza y con posterioridad ingresar la información del trámite al Sistema, funcionalidad que estará en producción en el SICOP a partir de su reanudación.

Esto dicen los artículos mencionados:

“ARTÍCULO 16- Uso de medios digitales (…)
Ante situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, no se producirá la nulidad señalada, si la Administración acredita esas circunstancias ante la Dirección de Contratación Pública, la que mediante acto motivado podrá autorizar la exclusión total o parcial del uso del sistema digital unificado.”

“ARTÍCULO 66- Contrataciones de urgencia (…)
En casos de urgencia que amenacen la continuidad del servicio que brinda cada entidad, la Administración podrá realizar de forma previa la contratación y posteriormente registrar información de esta en el sistema digital unificado dentro del módulo dispuesto para tal fin, pero para ello deberá mediar autorización suscrita y motivada por el jerarca o por quien este delegue.”