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Vacío legal en Ley contra crimen organizado es delicado y genera preocupación: “se sigue pateando la bola hacia adelante”

La semana anterior, el Tribunal de Apelaciones de Cartago dejó en libertad a la banda conocida como “Los Gery” implicada…

Por Hermes Solano

Tiempo de Lectura: 4 minutos
Vacío legal en Ley contra crimen organizado es delicado y genera preocupación: “se sigue pateando la bola hacia adelante”
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La semana anterior, el Tribunal de Apelaciones de Cartago dejó en libertad a la banda conocida como “Los Gery” implicada en delitos de narcotráfico y homicidios. Esto ocurrió debido al vacío legal que existe en la Ley contra el crimen organizado y que abogados litigantes califican de grave y preocupante.

Un total de 10 personas sospechosas dejaron la prisión preventiva y 14 más no siguen en casa por cárcel.

“Por mayoría, por carecer de competencia para ello, debido a que se han superado todos los plazos por los que pueden mantenerse la prisión preventiva, el arresto domiciliario con monitoreo electrónico y el seguimiento mediante monitoreo electrónico, se rechaza la solicitud formulada por el Ministerio Público”, decía la resolución.

El abogado penalista Erick Gatgens, le dijo a El Observador que esta situación del vacío legal en la ley contra el crimen organizado es preocupante y lo calificó de delicado.

Según su criterio, ya es hora que la Asamblea Legislativa tome cartas en el asunto para resolver el problema legal que se generó en 2019.

“Es preocupante que la Asamblea Legislativa no haya hecho nada para aprobar esas normas de nuevo”, dijo el abogado

“Muy delicado lo que está pasando, por cuanto la Asamblea cometió un grave error y no se ha hecho nada por corregirlo”, añadió.

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Error gigantesco

El también abogado penalista Juan Marcos Rivero, considera como un grave error lo hecho por la anterior Asamblea Legislativa, pero sobre todo, que no se haya corregido la situación.

Más allá de las voces en el Ministerio Público que afirman que no se han derogado artículos, los abogados lo tienen claro.

“Es un error gigantesco de la Asamblea Legislativa ¿cómo es posible que nadie se haya dado cuenta? “Pasó por las manos de los asesores, diputados y a nadie se le ocurrió”, señaló Rivero.

“Ahí es donde se genera el problema, porque los jueces juraron obedecer la constitución y la ley y solo pueden aplicar las que están vigentes y no las derogadas”.

Para Rivero, lo más razonable en este momento es que se restituyan los artículos derogados a través de un proyecto nuevo, que dice, solo se necesita un artículo, pero no entiende por qué se sigue postergando.

“La única actitud razonable es que se restituya la vigencia de los artículos derogados. No entiendo que es lo que pasa, que se sigue pateando la bola para adelante”, manifestó el penalista.

“No entiende uno como la Asamblea Legislativa no repara el error y entre más tiempo lo dejen, más complicado es”.

¿Qué pasó?

El 24 de julio del 2009 entró a regir la Ley contra la Delincuencia Organizada (N° 8754). Esta normativa introdujo innovaciones como el hecho de tener los plazos legales duplicados para estos casos especiales.

Ocho años después, en 2017, se promovió una reforma para generar tribunales específicos, conocida como la Ley de Creación de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada de Costa Rica (N° 9481).

Esta incluía reformas a la ley N° 8754 y para introducirlas, procedía a derogar varias de las disposiciones.

Eso sí, la ley era clara que entraría hasta un año después de su publicación en La Gaceta. El documento se publicó en 13 de octubre del 2017, por lo que regiría al día siguiente de dicho aniversario, es decir, el 14 de octubre del 2018.

Problemas logísticos y financieros complicarían la aplicación de la ley, por lo que se aprobó una reforma en 2018. Esta le dio un año más de espera, trasladando así al 14 de octubre del 2019 la puesta en práctica de la ley.

Justo al filo de ese plazo, el Congreso debió aprobar una nueva postergación, en este caso, se estableció que la Jurisdicción de Crimen Organizado operaría hasta 18 meses después de que se contara con el presupuesto necesario.

Eso sí, la norma en cuestión terminó por oficializarse el 30 de octubre del 2018 con su publicación en La Gaceta. En este caso, la disposición sería de aplicación inmediata.

Es justo ahí donde surgen los cuestionamientos pues hubo un lapso de 16 días en que reforma sí estuvo vigente.

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Los vacíos que quedan

En detalle, los artículos que la ley N° 9481 eliminó de Ley contra la Delincuencia Organizada son:

  • Preparación de la etapa preparatoria: se duplican los plazos durante las investigaciones (Artículo 2)
  • Persecución por parte del Estado: los delitos considerados crimen organizado serían siempre de acción pública. Esto obligaría a la presencia obligatoria de la Fiscalía sin excepción (Artículo 3)
  • Prescripciones ajustadas: se amplía en plazo para la presentación de la mayoría de casos (Artículo 6)
  • Prisión preventiva ampliada: se permitirán detenciones por hasta 24 meses. Las prórrogas podrán ser hasta por 12 meses (Artículos 7 y 9)

Para todas ellas la nueva ley tiene alternativas, pero estas no pueden aplicarse, dado que la norma está congelada.

Meses atrás un tribunal confirmó que normas fundamentales de la Ley están en un limbo jurídico que las hace inaplicables.

Con ello, se abrió la puerta a una ola de apelaciones, que ya se ven con la libertad de esta banda organizada sospechosa de narcotráfico y pesaría en los procesos como “Cochinilla” o “Diamante”, donde hubo intervenciones telefónicas.