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Banco Central finalmente emitió reglamento para vigilar a Bolcomer

Por casi 13 años se ha carecido de instrumentos para cumplir con la ley

Por Juan Pablo Arias

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Banco Central finalmente emitió reglamento para vigilar a Bolcomer
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Un vacío legal que se ha extendido por casi 13 años llegaría a su fin tan pronto se publique en el diario oficial La Gaceta el “Reglamento Operativo y de Funcionamiento de Bolcomer Bolsa de Comercio, S.A.”.

Esta reglamentación permitirá al Banco Central desempeñar una vigilancia que durante años no ha ejercido, bajo el alegato de que carecía de instrumentos para hacerlo.

También se pondría fin a un periodo de incertidumbre que comenzó cuando una acción de inconstitucionalidad, resuelta el 11 de mayo de 2011, anuló un artículo transitorio de la Ley Reguladora del Mercado de Valores de 1998 que permitía a la Superintendencia General de Valores (Sugeval) supervisar la labor de la bolsa de comercio Bolcomer.

Desde aquella fecha, volvió a entrar en vigencia el Código de Comercio, del año 1964, que obliga al Banco Central a vigilar la operación de las bolsas de comercio con el fin de detectar posibles irregularidades y contener daños a quienes participan de estos mercados.

Sin embargo, la obligación no se ha cumplido, pues el Banco Central debía emitir un reglamento, situación que no se dio hasta el pasado 20 de marzo, durante la sesión 6174-2024 de la junta directiva. El hecho fue comunicado al sistema financiero nacional hasta el viernes 22 de marzo.

Potestad de vigilancia

El artículo 2 del nuevo reglamento especifica que Bolcomer queda sometida a la vigilancia permanente del Banco Central, de conformidad con el artículo 400 del Código de Comercio.

“Para tales efectos, Bolcomer proveerá toda la información que sea requerida por el Banco Central de Costa Rica directamente o con motivo de las inspecciones que realice en ejercicio de este deber”, señala el documento.

Asimismo, establece que ante las consultas que Bolcomer someta al Banco Central, este deberá resolver dentro del ámbito de su competencia de vigilancia, o bien, podrá trasladar las dudas a las superintendencias financieras u otros entes.

“Si la consulta versare sobre la determinación de los bienes negociables o no negociables, dado que el Banco Central no tiene competencia legal para tal determinación y tampoco autoriza la posibilidad de negociar o no un bien en Bolcomer, se limitará a trasladar la consulta a los órganos de la regulación y supervisión del mercado financiero, u otras autoridades gubernamentales, según corresponda, para que estas resuelvan y le comunicará a Bolcomer la respuesta recibida”, agrega el documento.

“Única bolsa vigilada por el Banco Central”

Una valla publicitaria con la leyenda “Bolcomer: Única bolsa vigilada por el Banco Central” fue colocada en mayo de 2022 en Santa Ana, justo al lado de la Bolsa Nacional de Valores (BNV).

Aunque sus nombres son parecidos, cada “bolsa” se dedica a actividades diferentes: la primera hace transacciones con bienes no financieros, mientras las segunda con títulos valores.

De ahí que la BNV tenga una supervisión específica de la Sugeval.

En el caso de Bolcomer, no obstante, la leyenda en la valla publicitaria no se ha apegado a la realidad, pues sin la reglamentación, la vigilancia nunca se ha ejercido.

Así lo admitieron en mayo de 2023 tanto Bolcomer como el Banco Central de Costa Rica, en respuestas a consultas de El Observador.

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Con la entrada en vigencia del reglamento también se pondría fin a un proceso que inició el 30 de junio de 2021, cuando Bolcomer presentó al Banco Central una primera propuesta de normativa.

Desde esa fecha, el borrador y sus modificaciones se sometieron al menos dos veces a consultas públicas. Según el Banco Central, durante este periodo obtuvo una importante cantidad de observaciones que fueron incorporadas al documento que se aprobó la semana pasada.

Pese a ello, la Autoridad ha enfatizado en el pasado que la tarea de vigilancia no debería de ser de su incumbencia, pues “no tiene relación con los objetivos y funciones del Banco”.

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