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Tribunal determina que restricción vehicular se mantiene vigente

La jueza Sady Jiménez Quesada, del Tribunal Contencioso Administrativo, definió esta tarde que la restricción vehicular sanitaria se mantiene vigente….

Por Christine Jenkins Tanzi

Tiempo de Lectura: 3 minutos
Tribunal determina que restricción vehicular se mantiene vigente
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La jueza Sady Jiménez Quesada, del Tribunal Contencioso Administrativo, definió esta tarde que la restricción vehicular sanitaria se mantiene vigente.

Desde noviembre, una jueza contenciosa ordenó la suspensión de la restricción de manera cautelar ante la petición de varios alcaldes. Sin embargo, el Gobierno insistió en que la medida era contra decretos de meses anteriores y no afectaba la restricción actual.

Este jueves se reunieron las partes para una audiencia de ejecución forzosa en el Tribunal Contencioso Administrativo. La audiencia, programada para las 2 pm, se atrasó alrededor de 45 minutos por problemas logísticos.

El tribunal no encuentra incumplimiento por parte del Gobierno y determinó que la medida cautelar se limitaba a las medidas vigentes durante agosto, dijo Jiménez. Los decretos a los que se refería la resolución de noviembre ya no tenían vigencia, dado que fueron anulados por actuaciones posteriores.

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La jueza aclaró que la audiencia de esta tarde no se referiría a la legalidad ni el sustento técnico de la restricción, sino que se limitaba a determinar si existe incumplimiento por parte del Estado de la medida cautelar.

Por su parte, el Estado argumentó un “gran error” por parte de la jueza que dictó la medida cautelar, Alcevith Godínez Prado.

El Estado argumentó que la restricción no emana de un decreto, sino de dos leyes, incluyendo la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, que le permite establecer restricciones a la circulación vehicular por razones de emergencia nacional, en todas las vías públicas nacionales o cantonales.

El Gobierno también argumentó que el país viviría un “caos” sin restricción vehicular durante diciembre, debido al período de vacaciones y fiestas familiares.

Alcaldes rechazan restricción

Durante la pandemia, el Gobierno ha venido modificando los decretos originales de marzo y abril que introdujeron la restricción sanitaria por horarios así como por placas.

Con la última actualización de la restricción vehicular, se puede circular en un horario de 5 a.m. a 10 p.m. entre semana y de las 5 a.m. hasta las 9 p.m. durante los fines de semana. Además, la restricción por número de placa limita el tránsito de los vehículos durante un día entre semana.

Arnoldo Barahona, alcalde de Escazú, consideró que durante la pandemia se cerraron 300 negocios y a la Municipalidad le han devuelto esa cantidad de patentes, y señaló como culpable a la restricción.

Barahona explicó que por parte de los acaldes, buscaban que el juez le ordenara en forma definitiva al Gobierno suspender la restricción, apegada a la medida cautelar de noviembre.

“Hay una medida cautelar que fue presentada por varios alcaldes y resultó acogida absoluta, pero ha venido siendo desacatada por el Gobierno Central”, dijo.

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“Hoy fuimos convocados para, en audiencia, solicitar la ejecución de esa medida ya de manera absoluta y que sea suspendida de manera total la restricción vehicular por mientras se resuelve el tema de fondo, que es una audiencia que tendremos en enero del próximo año”, agregó.

Por su parte, el abogado José Pablo Badilla Quirós representó esta tarde a los alcaldes que impugnaron la medida. Sin embargo, intervino de manera virtual debido a un potencial contacto con COVID-19.

Disputa del Gobierno

La juez Alcevith Godínez Prado primero emitió la resolución 552-2020 este 3 de noviembre, en la cual se refería a una medida cautelar solicitada por los alcaldes en contra de la restricción.

En esta, la juez del Tribunal Procesal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda consideró la restricción vehicular sanitaria como “inadecuada e ineficaz” por promover el transporte sin distanciamiento en bus y taxi.

Además, ordenó la suspensión en lo que respecta a la restricción vehicular de los efectos de los decretos ejecutivos de agosto. Sin embargo, desde entonces, la restricción ha sido actualizada con nuevos horarios por otros decretos.

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Por eso, el abogado José Pablo Badilla Quirós le solicitó aclarar si la medida cautelar aplicaba también a la restricción vigente en noviembre. Por su parte, la Procuraduría General de la República, indicó en ese momento que no la consideraba suspendida.

A pesar de la resolución, el Gobierno insistió desde inicios de noviembre que seguía vigente y emitió tanto un comunicado de prensa como un vídeo en el que Agustín Castro, ministro de Comunicación, dio su posición.

 

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