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Banco Central dice que ni la acción de inconstitucionalidad ni la medida cautelar de Prodhab le impiden seguir pidiendo datos

Así se desprende de un criterio jurídico de la entidad emitido el 14 de setiembre

Por Josué Alvarado

Tiempo de Lectura: 5 minutos
Banco Central dice que ni la acción de inconstitucionalidad ni la medida cautelar de Prodhab le impiden seguir pidiendo datos
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A pesar de la acción de inconstitucionalidad en contra del Banco Central de Costa Rica (BCCR) y la medida cautelar emitida por la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab), un criterio técnico legal de la entidad bancaria señala que estos procesos no representan un impedimento para seguir pidiendo información a personas físicas, jurídicas e instituciones públicas.

“Hoy en día no existe una orden de carácter judicial o administrativo que restrinja al Banco Central de hacer uso de la prerrogativa que le otorga la ley de solicitar información con fines estadísticos”, dice el criterio DAJ-CJ-0079-2023 del jueves 14 de setiembre, al cual El Observador tuvo acceso.

Esta es una de las dos conclusiones contenidas en documento, elaborado a solicitud de la gerente general del banco, Hazel Valverde, y compartido con las autoridades de los bancos comerciales del país.

La segunda conclusión es que en medio de la polémica actual por el manejo de datos confidenciales y privados de los costarricenses el BCCR (como los crediticios) tiene fundamento jurídico, sólido, válido y vigente para continuar haciendo requerimientos de información con fines estadísticos”.

Sobre la denuncia en Prodhab 

Se trata del procedimiento administrativo abierto por la Prodhab. Esto luego de uno interpuesta por la Asociación para la Defensa de los Intereses y Derechos de los Consumidores y Usuarios del Sector Financiero, Industrial, Energético, Inmobiliario y de la Administración en Costa Rica (Asodidcu).

El criterio del banco explica que la acción de inconstitucionalidad interpuesta por la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) tiene suspendido este proceso en la Prodhab.

Una reciente resolución de la agencia, de la cual El Observador tiene copia, confirma que el trámite está detenido debido a que se encuentra en estudio en la Sala Constitucional.

Sin embargo, como la Prodhab ya había emitido una medida cautelar como parte de este proceso el criterio también lo tomó en cuenta. Sin embargo, dice que esta medida se limita al intercambio de información con la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).

“El objetivo de la medida cautelar dictada es que el Banco Central suspenda la solicitud de información realizada ante Sugef y ordena a su vez, a esa superintendencia no remitir información al BCCR en ese sentido”.

No así con otros actores de la economía nacional.

De hecho, el mismo criterio concluye que la entidad tiene fundamento para seguir pidiendo datos de los costarricenses con fines estadísticos tanto a personas físicas, jurídicas como a entes del Estado, sin necesidad de consentimiento informado y a pesar de que sean privados.

Sobre la acción de inconstitucionalidad

El criterio explica que esta acción interpuesta por la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) no solo pretende declarar inconstitucionalidad el acuerdo tomado por la Junta Directiva del Banco en el que se solicitaba información a la Superintendente general, Rocío Aguilar, y cuya negativa que fue lo que desató la polémica actual.

Esta acción también es contra una serie de artículos de la Ley Orgánica del BCCR y la Ley del Sistema de Estadística Nacional. El criterio explica al respecto varias reglas que se resumen a continuación:

Las reglas:

  • La interposición de una acción no suspende la eficacia y aplicabilidad en general de las normas impugnadas
  • Solo se suspenden los actos de aplicación cuando los procedimientos tienden a agotar la vía administrativa, pero no por su vigencia y aplicación en general
  • La Sala puede graduar los alcances del efecto suspensivo de la acción
  • En principio, en los casos de acción directa como el actual en el que se acude en defensa de intereses corporativos no opera el efecto suspensivo de la interposición
  • Cuando lo alegado es una omisión constitucional no procede ordenar suspensión alguna, es decir, impedir que se realice la conducta omisa

“Es claro que la interposición de una acción de inconstitucionalidad no suspende la eficacia ni la aplicabilidad de ninguna de las normas impugnadas, razón por la cual es absolutamente legítimo que el BCCR siga fundamentando sus requerimientos de información para efectos estadísticos en las normas citadas en el primer apartado de este criterio, dado que todas ellas son válidas y siguen formado parte del ordenamiento jurídico”.

Ante la Sala Constitucional también se tramita un recurso de amparo interpuesto por un ciudadano porque considera que la entrega de información crediticia a funcionarios públicos no autorizados puede acarrear peligrosas consecuencias de seguridad personal y violar la privacidad con relación a asuntos personales.

La Oficina del Consumidor Financiero (OCF) presentó otra acción de inconstitucionalidad el pasado 5 de setiembre, por el mismo tema. Considera que “causa alguna suspicacia que esta información requiera ser individualizada (con la identidad de las personas), y además cruzada con datos de la CCSS y Tributación”.

Más oposición

En medio de estos procesos judiciales y administrativos distintos sectores se pronuncian en contra de la información que ha trascendido sobre solicitud y manejo de datos por parte del Central.

Este 14 de setiembre los empresarios agrupados en la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep) pidieron formalmente al Banco Central que detenga la solicitud de información sobre movimientos financieros sin anonimizar de deudores y ahorrantes.

La gremial pidió hacer la pausa mientras la Sala Constitucional resuelve las acciones mencionadas.

Asimismo, el sector empresarial pidió a Madrigal que se retiren las acusaciones penales interpuestas ante la Fiscalía por no entregar la información.

A la fecha han trascendido dos denuncias penales gestionadas por la gerente del Banco, Hazel Valverde.

La primera contra la superintendente de Entidades Financieras, Rocío Aguilar, y la segunda contra el gerente del Banco Nacional, Bernardo Alfaro. En ambos casos por negar el acceso a información que se considera confidencial.

Desde el sector político, la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público de la Asamblea Legislativa aprobó un llamado a las autoridades del Banco Central de Costa Rica para dar explicaciones por la solicitud de datos que ha venido haciendo a diferentes entidades financieras.

En un oficio enviado por la gerente general del BCCR a las autoridades bancarias del país ella explica que el intercambio de datos, el que se ha hecho por años y el que pretende la entidad, es necesario para elaborar indicadores como la tasa básica pasiva (TBP), así como los agregados monetarios y otros.

También justifica que se usan para analizar el impacto de cambios en los patrones de ahorro y endeudamiento sobre el mecanismo de transmisión de la política monetaria y a la evolución del ahorro financiero de los residentes del país.


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